El desafuero de los ministros
Los ministros que fueron despojados de su inmunidad por la Asamblea Nacional, para que sean sometidos a juicio por los supuestos delitos electorales de los que están acusando también y en primer lugar al Presidente de la República, hicieron lo correcto al ir a Washington para denunciar ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) la persecución política y las violaciones a su derecho al debido proceso, de que están siendo víctimas por parte de la Asamblea Nacional dominada sectariamente por el FSLN y el PLC.
Evidentemente, el juicio contra los ministros que fueron desaforados por la Asamblea Nacional y la amenaza de desafuero contra el mismo Presidente de la República, es una pieza muy importante del golpe de Estado “legal” que están asestando poco a poco las cúpulas del FSLN y el PLC. Pero, además, es un problema de significación internacional, el cual la OEA está tratando de resolver de conformidad con los principios y la letra de la Carta Democrática Interamericana, o sea preservando la integridad del Gobierno de la República de Nicaragua y el período constitucional para el que fue elegido el presidente Enrique Bolaños.
El argumento de que antes de ir a la CIDH las personas afectadas por el desafuero debieron haber agotado las instancias nacionales de justicia, carece de validez porque en Nicaragua no existe un Poder Judicial independiente, la administración de justicia está instrumentalizada por los pactistas. De manera que si no hay justicia nacional hay que acudir ante la justicia internacional.
En realidad, en el proceso de desafuero de los ministros del presidente Bolaños, los diputados libero-sandinistas atropellaron el Reglamento Interno de la Asamblea (arto. 27 inciso 3), según el cual es al Presidente de la Asamblea Nacional al que corresponde abrir el debate y someter cada asunto del orden del día a discusión. En la sesión de los primeros desafueros, el presidente de la Asamblea Nacional anunció al plenario que se discutiría el proyecto de Ley de Emergencia y Estabilización Energética, pero acto seguido la secretaria de la Junta Directiva, y no el Presidente, puso a discusión el dictamen de la comisión de desafuero, lo cual es improcedente e ilegal. De manera que todo lo actuado en este punto estuvo viciado de nulidad y, por lo tanto, los ministros no han sido desaforados legalmente.
Además, los diputados libero-sandinistas violaron el principio de legalidad consagrado en los artículos 34, 130 y 183 de la Constitución, los cuales establecen el derecho al debido proceso y la garantía de que “nadie puede ser condenado sin ser oído”, pues no se le comunicó a las víctimas de esta arbitrariedad que se iba a discutir el dictamen para que hicieran acto de presencia o designaran a quienes deberían ejercer su representación y defensa. Violaron por eso mismo el artículo 12 de la Ley de Inmunidad, que repite el mismo derecho específico para los procesos parlamentarios de desafuero. Y atropellaron también los artículos 8, 10 y 11, inciso 1, de la declaración Universal de los Derechos Humanos que se refieren a las mismas garantías procesales.
La verdad es que estos desafueros de los ministros y la amenaza contra el Presidente de la República, forman parte de un proceso dirigido a consumar lo que el artículo 20 de la Carta Democrática Interamericana califica como alteración del orden constitucional que afecta gravemente el orden democrático, y que nosotros llamamos directamente como lo que es: un golpe de Estado con apariencia de legalidad.
Y siendo que estos hechos atentan contra el derecho internacional que condena y sanciona las alteraciones al orden democrático, era necesario entonces que las víctimas de los atropellos de la Asamblea Nacional solicitaran el amparo de la CIDH, dado que dentro del país hay una desprotección jurídica absoluta.
No debe olvidarse, por último, que de acuerdo con la Constitución de Nicaragua y los Tratados Centroamericanos de 1923, las personas que participan en intentos de golpes de Estado o alteraciones del orden constitucional, quedan inhibidas de participar en los procesos electorales.
En todo caso, el Presidente de la República debe desconocer esos actos arbitrarios de quienes están manipulando las instituciones como instrumentos partidistas con el fin de imponer una dictadura bicéfala libero-sandinista en Nicaragua.

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