Al inicio, la justificación del coordinador de la bancada del Frente Sandinista de Liberación Nacional (FSLN), Edwin Castro, fue que el presidente Daniel Ortega no ha nombrado a ningún funcionario de alto rango desde 2007, por lo cual la Asamblea Nacional no tiene que ratificar a nadie.
Pero las publicaciones en La Gaceta, incluida la del viernes pasado, lo desmienten por completo: el Presidente ha nombrado a Embajadores y Viceministros en 2008 y 2009.
Entonces, Castro dio una nueva explicación y acusó a los liberales de ser los responsables por la falta de ratificación de funcionarios, al no hacer quórum.
Dos diputados, incluyendo a un miembro de la bancada del FSLN, también rebatieron ese argumento.
Ante las preguntas de los periodistas, Castro optó por dar un “gracias”, giró 180 grados y entró a una sala de reuniones donde estaban sesionando la Comisión de Infraestructura y Servicios Públicos.
¿CUMPLIRÁN LOS LIBERALES?
El presidente Ortega continuaba sin mandar ayer la lista de funcionarios a ser ratificados y en la reunión de Junta Directiva del parlamento, programada para hoy, está por verse si los diputados liberales ordenarán al Ejecutivo que cumpla con el artículo 138, numeral 30, de la Constitución.
LAS VERSIONES DE CASTRO
“Aquí había una Ley Marco, suspendiendo la aplicación (de las reformas constitucionales) del 2005, por presión del ingeniero (Enrique) Bolaños, que fue prorrogado el acuerdo, en ese momento, (con) la bancada de ALN (Alianza Liberal Nicaragüense), de don Eduardo Montealegre, y hasta en enero de 2008 entró en vigencia. Todos los embajadores en Nicaragua fueron nombrados en 2007, no hay ningún nombramiento de Embajador después de 2008”, sostuvo Castro.
No obstante, las publicaciones de La Gaceta, desde el 2008, han dado a conocer diversos acuerdos presidenciales en los cuales se han nombrado a diplomáticos y viceministros.
Por ejemplo, el acuerdo presidencial 345-2008, publicado en La Gaceta 176 del 11 de septiembre de 2008, nombra a Gilda Bolt como Embajadora concurrente ante Belice.
Curiosamente, La Gaceta 163, del 28 de agosto de 2009, vuelve a nombrar a Bolt como Embajadora ante Belice, según el acuerdo presidencial 194-2009.
Además, esa misma publicación da a conocer el acuerdo presidencial 190-2009, en el cual se nombra a Mayling Calero como Ministra de la Familia.
El presidente Ortega ha nombrado a por lo menos ocho personas en cargos diplomáticos y ministerios, desde 2008, sin que los haya ratificado la Asamblea Nacional.
De las nuevas preguntas que los periodistas hicieron a Castro, respecto a los nombramientos publicados en La Gaceta, surgió una segunda explicación, acusatoria contra los diputados del Partido Liberal Constitucionalista (PLC).
“Necesitamos aquí que sesionen los PLC, para poder con 56 votos ratificar a los nuevos embajadores. No tenemos embajador en Washington y necesitamos ratificar a un embajador, y no se ha nombrado. No tenemos embajador en Ecuador, en Bolivia, por decirte embajadores que necesitamos nombrar y que no se han podido nombrar”, adujo Castro.
“GRACIAS” Y SE FUE
Fue entonces cuando surgió la nueva inquietud entre los periodistas: ¿Cuál es la relación que existe entre la falta de quórum en las sesiones plenarias con la obligación constitucional del Presidente de la República de enviar al parlamento, para su ratificación, los nombramientos de ministros, viceministros y embajadores?
“Porque no hay 56 votos y los liberales ni siquiera quieren sesionar. ¿Hacen quórum? No hacen quórum. Gracias”, respondió Castro, dio media vuelta y se fue.
Sin embargo, por la falta de los 56 votos, la Constitución no exime al Presidente de la República de enviar al congreso, para ser ratificados, los nombramientos que efectúe.
Al contrario, la Constitución aclara que a falta de los 56 votos para ratificar los nombramientos presidenciales, se buscará a nuevos candidatos.
“El nombramiento sólo se considerará firme hasta que la Asamblea Nacional lo ratifique. De no producirse la ratificación, el Presidente de la República deberá proceder a un nuevo nombramiento”, dice en parte el numeral 30 del artículo 138 Cn.