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Noticias >> Nacionales
De Castilla “en capilla”
CGR lo cuestiona por omisiones en su declaración de probidad
Eduardo Cruz Sánchez
nacionales@laprensa.com.ni
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El Ministro de Educación, Miguel De Castilla, podría ser merecedor de una sanción administrativa por parte de la Contraloría General de la República (CGR), si antes no subsana tres omisiones que realizó al momento de presentar su declaración de probidad.

La Dirección de Probidad verificando las declaraciones de probidad de todos los funcionarios del actual Gobierno encontró que el ministro De Castilla no enteró a la Contraloría de una propiedad a nombre de su esposa en Managua, un vehículo a su nombre en la Dirección General de Tránsito y de acciones que tiene un hijo suyo, bajo su patria potestad, en dos sociedades comerciales.

En el caso de las acciones de su hijo, De Castilla dijo a los contralores que la omisión fue por un “error involuntario”, ya que no sabía de las acciones de su hijo.

La recomendación que hizo la Dirección de Probidad es que a De Castilla se le sancione administrativamente, pero los contralores han pedido al ministro que subsane las omisiones.

Otro funcionario a quien se le debió pedir aclaraciones es al Ministro de Salud, Guillermo González, ya que le fue detectada una cuenta bancaria no reportada.

Pero el ministro González aclaró la situación, alegando que es una cuenta que sólo utilizaba para que se le pagara en su anterior empleo y el caso no tuvo mayor trascendencia.

El presidente de la Empresa Nicaragüense de Electricidad (Enel), Ernesto Martínez Tiffer, sólo reportó como de su propiedad cinco vehículos, entre ellos una cuadraciclo y una moto de agua.

Pero no reportó otros bienes como propios, es decir, no tiene casa ni ningún otro bien inmueble. Tampoco es accionista en ninguna sociedad y señaló que una cuenta bancaria, en la cual tiene firma registrada, es de una hermana suya.

Los funcionarios públicos, al tomar posesión de sus cargos, deben declarar todas sus posesiones y las de su núcleo familiar, es decir, de sus cónyuges, hijos e hijas que estén bajo su patria potestad.

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