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Noticias >> Política
Para Mauricio Zúñiga, del Ipade, aún no existe una posición definida de los magistrados del CSE para la acreditación de los observadores. ( la prensa/archivo)
Ipade: Magistrados deben cumplir ley
Magistrado Villavicencio alega que organismos cívicos se parcializan al emitir criterios políticos
Mauricio Zúñiga, de Ipade, recordó que el CSE tiene hasta 45 días antes de los comicios para acreditar
María José Uriarte
politica@laprensa.com.ni
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Normativa del CSE

En el Reglamento de Observación Electoral que el CSE publicó el pasado 18 de mayo, estableció cuatro categorías de observadores electorales.

Éstas son: observadores de asociaciones nacionales, electorales oficiales, organismos internacionales y electorales invitados.

El artículo dos de la normativa señala que “la observación electoral tiene como propósito la recopilación de información, que permita emitir juicios educativos, así como retroalimentar y mejorar la calidad técnica y el fortalecimiento de la transparencia del proceso electoral”.

El director ejecutivo del Instituto para la Democracia y el Desarrollo (Ipade), Mauricio Zúñiga, enfatizó que el Consejo Supremo Electoral (CSE) debe cumplir con el mandato de la Ley Electoral, en cuanto a acreditar a los observadores nacionales, tomando también como base que ese mismo Poder del Estado publicó el pasado 18 de abril, de acuerdo con el calendario electoral, una normativa de observación con la que se regulaba la acreditación y participación de los organismos nacionales y extranjeros.

“Yo creo que ellos (CSE) tendrían que actuar y esperamos que actúen coherentemente con el mandato constitucional que tienen, porque esto es una ley constitucional; además, la Constitución establece que esto es una democracia participativa, que todos los ciudadanos tenemos derecho a participar en los asuntos públicos y que por último, que el Estado tiene la obligación de remover aquellos obstáculos que impidan la efectiva participación de los nicaragüenses en los asuntos públicos, en los asuntos económicos, sociales y políticos”, estimó Zúñiga.

DECISIÓN “SOBERANA”

El magistrado electoral José Luis Villavicencio insistió en que no existen tiempos para proceder a acreditar a los observadores, ya que en el calendario electoral no se estipula ninguna fecha para tal efecto, y que ese proceso es una decisión soberana del Poder Electoral.

Villavicencio agregó que la observación se define como el proceso de “apreciar de manera imparcial algo, pero cuando un organismo se parcializa, ya no observa, se politiza”, aunque no dejó claro si la alusión era dirigida a aquellas organizaciones que en su momento emitieron sus criterios por la cancelación de la personalidad jurídica de los partidos Conservador y Movimiento Renovador Sandinista (MRS).

“Lo que quiero decir es que si los organismos no gubernamentales han emitido posiciones políticas a favor de una determinada opción partidaria, para mí, ya se han parcializado”, opinó Villavicencio.

SE PUEDE OPINAR

Mauricio Zúñiga, directivo de Ipade, respondió que en ningún momento se han inclinado políticamente hacia ninguna agrupación partidaria.

“Una cosa es tener opiniones políticas o valoraciones políticas sobre determinados procesos jurídicos, o de la transición democrática que todo ciudadano y todo organismo lo puede hacer y no es delito, y un organismo de observación electoral puede hacer y emitir criterios sobre estos temas, otra cosa es vincular o tener vínculos partidarios”, precisó Zúñiga.

En lo que respecta al tema de la acreditación de los organismos nacionales, considera que no existe un consenso entre los magistrados, por lo que están a la espera de notificación, tomando en cuenta que hace tres meses procedieron a hacer la solicitud ante las autoridades electorales.

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