La Sala Penal Dos del Tribunal de Apelaciones de Managua (TAM) declaró “No ha lugar” al recurso de exhibición personal introducido por el Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (Cenidh) a favor del poeta Ernesto Cardenal, invocando un artículo aplicado a recursos de amparo en contra de una resolución administrativa.
Esto es visto por el abogado del Cenidh, Gonzalo Carrión, como un acto “deliberadamente equivocado” por parte de los miembros de la Sala Penal Dos del TAM.
El alegato de la Sala Penal Dos para rechazar el recurso de exhibición personal es sobre una resolución judicial “y de acuerdo al artículo 50 inciso uno, de la Ley número 49, Ley de Amparo, no cabe el recurso de amparo contra las resoluciones de los funcionarios judiciales en asuntos de su competencia”.
Para el defensor de los derechos humanos, ésta “es una aplicación manipulada de las disposiciones”.
Carrión, junto a la presidenta del Cenidh, Vilma Núñez, recurrieron ante el TAM a favor de Cardenal, por supuestas amenazas a la libertad individual, integridad y seguridad personal y derecho a la libertad de circulación por parte del doctor David Rojas Rodríguez, en su calidad de juez Primero de Distrito Penal de Managua.
Carrión estima que esa sala del TAM se contradice, pues son centenares de casos en sonados juicios por corrupción, en los que estando el proceso judicial, los jueces han paralizado las causas.
RECURSO EXTRAORDINARIO
El defensor de Ernesto Cardenal, Boanerges Ojeda Baca, prepara un recurso extraordinario de revisión en contra de la sentencia condenatoria que le impuso a su cliente el juez Primero del Crimen de Managua, David Rojas, ordenándole también el pago de una multa de 20 mil córdobas por los delitos de injurias y calumnias.
Ojeda Baca presentó este jueves un escrito ante el juez Ronaldo Morán, suplente de Rojas que que decidió separarse de la causa, en el que le pide reformar la resolución en la cual le congeló tres cuentas bancarias al poeta Cardenal.
Según Ojeda, Morán no podía congelar las cuentas bancarias porque estaría ejecutando la sentencia, a pesar de que admitió un incidente de nulidad en contra de la misma, el que no ha sido resuelto. Según Ojeda, esa acción le correspondería a un juez de Ejecución de Sentencia.
Pero Morán aclaró que si tiene que separarse del caso, lo hace, porque es profesional y su interés es impartir justicia apegado a Derecho. Morán espera que la parte contraria, el ciudadano alemán Immanuel Zerger y su esposa Nubia Arcia, expresen lo que tengan a bien en cuanto al incidente de nulidad presentado por Ojeda Baca, para resolver la próxima semana.