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Noticias >> Última Hora
Juez Morán habría violado sigilo bancario
Eduardo Cruz Sánchez
EDICIÓN DIGITAL
nacionales@laprensa.com.ni
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Boanerge Ojeda Baca, abogado del poeta Ernesto Cardenal, consideró como una violación al sigilo bancario el hecho de que el Juez Suplente Primero del Crimen de Managua, Ronaldo Morán, conociera con anticipación los números de las tres cuentas bancarias de su defendido y que ordenó congelar porque éste se niega a pagar una multa de 20 mil córdobas que le impuso otro juez.

“Es ilegal que él (Morán) tenga conocimiento de esos números de cuenta. Si nadie se las ha suministrado ¿cómo va a saber que existen esas cuentas?”, dijo Ojeda Baca, quien este jueves mediante un escrito de reposición pidió al juez Morán que reforme la resolución en la que congeló las cuentas bancarias del ex sacerdote, pues está ejerciendo funciones que le corresponden a un juez de ejecución de sentencia.

Alegando que la sentencia de Rojas es de ineludible cumplimiento y ante la negativa de Cardenal a pagar la multa que se le impuso tras ser declarado culpable de injurias y calumnias, Morán giró un oficio al superintendente de Bancos, Víctor Urcuyo, para que éste a su vez ordene al privado Banco de Finanzas, la congelación de tres cuentas, una en euros, otra en córdobas y la tercera en dólares. En su resolución Morán incluyó los números de dichas cuentas bancarias.

Ojeda Baca también está pidiendo al juez Morán que remita el expediente del caso al Juzgado Local donde se originó la querella, para que de ahí pase al Juzgado de Ejecución de Sentencia que sea asignado, para luego presentar un recurso extraordinario de revisión ante el Tribunal de Apelaciones de Managua (TAM), que buscaría la anulación de la sentencia condenatoria.

RECHAZAN RECURSO DE EXHIBICIÓN PERSONAL

En tanto la Sala Penal Dos del TAM no le dio lugar a un recurso de exhibición personal por amenazas de detención que presentó el Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (Cenidh), a favor del poeta Ernesto Cardenal.

El argumento de los magistrados fue que no cabe ese tipo de recursos en contra de las resoluciones judiciales, en este caso la sentencia condenatoria que dictó el juez David Rojas en contra de Cardenal.

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