El caso del nicaragüense Natividad Canda Mairena, quien falleció hace tres años en el hospital de la ciudad de Cartago, Costa Rica, tras ser atacado por tres perros en los predios de un taller de autos, volverá a los tribunales de esta ciudad.
Hoy inicia una audiencia de cinco días, en la que la parte querellante, representada por Luis Fernando Sáenz, abogado de la madre de Canda, pedirá por escrito al Tribunal que anule la sentencia absolutoria a favor de diez personas.
“No es que sea una audiencia como un juicio, sino que el Tribunal abre un espacio de cinco días para que las partes hagan sus apelaciones y luego hay una vista en la Sala Tercera para ver la casación”, dijo Sáenz.
FALLO FAVORABLE
En una votación dividida de 2-1, en septiembre pasado, el Tribunal de Juicio de Cartago absolvió de responsabilidades civiles y penales a ocho policías, a Fernando Zúñiga —dueño de los perros y el taller— y a Luis Guillermo Hernández —vigilante privado—, pues contra ellos el abogado Sáenz había pedido doce años de prisión por el delito de homicidio simple por omisión impropia.
El Estado costarricense, Zúñiga y Hernández también fueron absueltos de pagar una indemnización económica a favor de Juana Francisca Mairena, madre del nicaragüense.
Las jueces Rosibel López y Rosa Accón votaron a favor de la absolución de responsabilidades civiles y penales.
Mientras que la juez Sonia Sandí razonó su voto y consideró que al menos los policías Erick Sánchez y Asdrúbal Luna deberían ser condenados a tres años de cárcel por el delito de homicidio simple por omisión impropia, en la causa abierta por el Ministerio Público.
Sandí también consideró que los demandados civiles deberían de pagar costas procesales y personales, así como 10 millones de colones (cerca de 20 mil dólares) por daños morales a Mairena, pero su voto no tuvo efecto en la sentencia final por ser minoría.
Sáenz explicó que en la apelación pide nulidad de la sentencia, “porque se valoró mal la prueba, se valoró erróneamente y hay contradicciones, hay tantas, entonces cuando la sentencia es contradictoria es nula”.