El vicepresidente del Poder Judicial, magistrado sandinista Rafael Solís, aseguró que la Asamblea Nacional no puede anular las recientes elecciones municipales, porque es una facultad exclusiva del Consejo Supremo Electoral (CSE).
Solís añadió que la Corte Suprema de Justicia (CSJ) tampoco está facultada para dirimir conflictos por el conteo de los votos de los recientes comicios municipales y que ya existe una sentencia en ese sentido, por lo que no puede haber recurso de amparo por el conteo de los votos.
“Eso es facultad únicamente del Consejo (CSE), eso no es facultad de la Asamblea, anular unas elecciones; por ningún lado en la Constitución se le da esa facultad a la Asamblea Nacional, es facultad exclusiva del Consejo, ahí no hay vuelta de hoja”, expresó el magistrado Solís.
Según Solís, la Ley Electoral establece que sólo el CSE puede anular parcialmente las elecciones, si las autoridades de ese poder del Estado consideran que las anomalías fueron mayoritarias en la mayor parte de Juntas Receptoras de Votos (JRV) en un determinado municipio.
“Sería inconstitucional que la Asamblea saliera con una ley diciendo eso. En otros regímenes como los parlamentarios la Asamblea puede convocar a elecciones anticipadamente o hacer otro tipo de convocatorias, cuando existen votos de censura, pero un régimen presidencial como éste, donde los poderes están claramente delimitados y la Asamblea no es más que otro poder del Estado, no está por encima de ninguno de los poderes, no tiene facultad de pasar encima del Consejo Supremo y decir que las elecciones se anulen”, dijo el magistrado sandinista.
El judicial una vez más le dio vida a unas probables reformas constitucionales, al afirmar que para anular las elecciones habría que pasar por una reforma constitucional, porque la Constitución establece que los alcaldes nuevos deben asumir el próximo enero del 2009.