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En un extraño fallo el juez Lésther Mendoza declaró culpable de injuria al Presidente de LA PRENSA, ingeniero Jaime Chamorro Cardenal, en perjuicio de los hijos de Ruth Herrera Montoya. (LA PRENSA/ G. MIRANDA)
Juez falla en contra de Chamorro Cardenal
Por el caso de injuria promovido por hijos de Herrera
Eduardo Cruz Sánchez
nacionales@laprensa.com.ni
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Irregularidades

La querella en contra de LA PRENSA fue ingresada de forma anómala, pues el abogado querellante, el juez suplente Noveno de Distrito Penal de Juicio de Managua, Marcos Suárez, no acompañó con el escrito de querella el intercambio de información y pruebas ni tampoco las pruebas documentales.

Suárez presentó el intercambio y las pruebas documentales hasta en la audiencia inicial y el juez suplente Sexto Local Penal de Managua, Felipe Jaime Sandoval, convalidó la presentación de dichos escritos, lo cual para la defensora Helga Asher no debió ser, porque el artículo 79 del Código Procesal Penal (CPP) establece que lo debió hacer todo junto.

Los funcionarios de LA PRENSA, Eduardo Enríquez y Jaime Chamorro Cardenal, fueron procesados fuera de tiempo, luego que la juez María Ivette Pineda suspendió el cómputo del plazo para realizar el juicio y de esa manera favorecer a los querellantes.

A pesar de que una testigo, que laboró dentro de la oficina de la Presidencia de Enacal, y que aseguró que los hijos de la presidenta de esa institución, Ruth Herrera Montoya, utilizaban los vehículos de esa entidad con fines personales, el juez suplente Sexto Local Penal de Managua, Lésther Mendoza Gálvez, declaró culpable de injuria al ingeniero Jaime Chamorro Cardenal, Presidente del Diario LA PRENSA.

En esta misma causa fue declarado no culpable el Jefe de Redacción de LA PRENSA, Eduardo Enríquez, porque el juez Mendoza consideró que Enríquez no ostenta la representación de este Diario, sino que la misma corresponde a Chamorro Cardenal.

Producto de una investigación periodística, el 5 de julio de este año LA PRENSA publicó un reportaje del periodista Moisés Martínez, en el cual sindicalistas de Enacal confirmaban la utilización de los vehículos estatales por parte de los hijos de Herrera Montoya, pero el juez Mendoza no quiso tomar en cuenta las grabaciones de las entrevistas a los sindicalistas Alejandro Prado Ortega y Omar Mercado.

Prado Ortega y Mercado no quisieron declarar en el juicio como testigos, por temor a represalias de Herrera Montoya.

El juez Mendoza Gálvez tampoco tomó en cuenta la declaración de la testigo Morena Guadalupe Zapata, quien explicó que ella en varias ocasiones imprimió en las oficinas de Enacal trabajos académicos de uno de los hijos de Herrera Montoya, impresiones que le enviaba a la universidad con un conductor de Enacal de nombre Léster Medina.

Este mismo conductor le habría dicho a Zapata que él trasladaba a los hijos de la presidenta de Enacal, pero el juez Mendoza desestimó esta declaración porque quien debía comprobar esas aseveraciones era el propio Medina, quien no fue incorporado en el juicio como testigo.

El periodista Moisés Martínez explicó que el reportaje era parte de una serie de investigaciones periodísticas, con las cuales luego se ventiló supuestos nepotismos dentro de Enacal por parte de Herrera Montoya, así como el descontento de trabajadores de esa institución estatal en el manejo de la misma.

Martínez agregó que por más de una semana se buscó en su oficina a la presidenta de Enacal, quien no quiso atender a LA PRENSA y hasta “huyó” cuando en una ocasión fue solicitada por Martínez, luego de comparecer en un medio radial.

De acuerdo con el juez Mendoza, el periodista Martínez debió buscar a los hijos de Herrera Montoya para obtener la versión de éstos.

Eduardo Enríquez, luego de conocer el fallo judicial, le hizo ver al juez Mendoza Gálvez que era un mal precedente para el periodismo nacional, porque de ahora en adelante cualquier funcionario público podía no responder ante un señalamiento periodístico y de esa manera “matar” la noticia, es decir, evitar que se le publiquen malas actuaciones.

El Jefe de Redacción de LA PRENSA agregó que no se podía buscar a los hijos de Herrera Montoya por su condición de menores de edad y porque, además, no eran el objeto de la investigación periodística, sino la crítica a Herrera Montoya como funcionaria pública.

Enríquez también manifestó que había quedado claro en el juicio, que Chamorro Cardenal no lleva el día a día de la Sala de Redacción, por lo que fue incongruente que se le declarara culpable, pues no había tenido ninguna incidencia en la publicación de la noticia.

Entre los testigos de la parte querellante figuraba Erasmo Salomón Soza, quien es vigilante de la calle en que residen Herrera Montoya y sus hijos.

Soza dijo que nunca ha visto a los hijos de Herrera Montoya andar en carros de Enacal, a pesar de que admitió que trabaja día de por medio en el sector .

También declararon como testigos de cargo los jóvenes Yoctan Vílchez Báez y Paola Pérez Díaz, quienes dijeron ser amigos de los hijos de Herrera Montoya, aunque Vílchez Báez ni siquiera estudia en el mismo lugar que los hijos de Herrera Montoya y Pérez insinuó que casi siempre llega a la misma vez que los querellantes a la universidad, en carros diferentes y proviniendo de distintos lugares.

Una vez dictado el fallo de culpabilidad a Chamorro Cardenal, durante el debate de pena el abogado querellante, William Ruiz Velásquez, patinó al pedir la pena máxima que es de 300 días multa, cuando ni siquiera pudo sustentar las agravantes para exigir la pena máxima.

Para evitar quedar en ridículo, Ruiz Velásquez había solicitado la realización de la audiencia de debate de pena hasta el próximo lunes, pero la defensora Helga Asher recordó al juez Mendoza que iba en contra de los derechos de los procesados y el juez decidió realizar el debate de pena inmediantamente.

Asher pidió la pena mínima para Chamorro Cardenal, que es de 100 días multa.

La lectura de sentencia se realizará a las 4:00 p.m. del próximo jueves 20 de noviembre en el juzgado sexto local penal.

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