El ciudadano Leonardo Gutiérrez González denunció estar siendo víctima de una confiscación por parte de la Procuraduría General de la República y su titular Hernán Estrada, a quien señala de pretender quitarle una cuartería que heredó de su padre.
Sin embargo, lo que para don José Leonardo Gutiérrez González es una confiscación a todas luces, para el Procurador General de la República, Hernán Estrada, es garantizar que la población menos favorecida tenga un techo.
Gutiérrez González denunció que el procurador Estrada tiene intenciones de confiscarle la propiedad ubicada de donde fue el Banco Popular de Monseñor Lezcano, 30 varas al norte, donde funciona una “cuartería”.
Dicha propiedad la compró el padre de Gutiérrez, Pablo Gutiérrez, en el año 1971 a Edgardo Matamoros Lacayo.
Pero durante los años ochenta, como un medio para subsistir, Pablo Gutiérrez arrendó su propiedad a diferentes inquilinos, quienes lo denunciaron ante el Ministerio de la Vivienda y Asentamientos Humanos (Minvah), de que Gutiérrez no acondicionaba los cuartos que alquilaba.
El Minvah intervino el contrato de arrendamiento que Gutiérrez tenía con los inquilinos, para que fuese esa entidad la que cobrara las mensualidades y proceder a realizar las mejoras necesarias en la propiedad. Pero el Minvah tampoco hizo las mejoras.
NO HUBO CONFISCACIÓN
José Leonardo Gutiérrez explica que la propiedad de su padre nunca fue confiscada, sino únicamente el Minvah le intervino el arriendo. Esa actuación del Minvah inclusive afectó la salud de Pablo Gutiérrez y al final lo condujo a la muerte.
Posteriormente, ya en los años noventa, los inquilinos pidieron una solvencia sobre la propiedad en la Oficina de Ordenamiento Territorial (OOT), la cual les fue negada porque, según José Leonardo Gutiérrez, “esa institución consideró que los inquilinos de mi padre no reunían los requisitos legales contemplados en el Decreto 35-91 ni en la Ley 85, para ser beneficiados por el Estado”.
Según Gutiérrez, la Ley 85, Ley de Transmisión de la Propiedad de Viviendas y otros Inmuebles Pertenecientes al Estado y sus Instituciones, no se podía aplicar a la propiedad de su padre, porque es privada, y no proviene del Estado porque nunca fue confiscada por el Gobierno sandinista en los años ochenta, ni tampoco expropiada ni intervenida, pues el Minvah únicamente lo que intervino en su momento fue el contrato de arriendo.
Luego —de una manera que Gutiérrez no se explica— el caso pasó a los tribunales de justicia, donde la Procuraduría General de la República (PGR), que sólo interviene en casos donde están involucradas propiedades del Estado, pidió intervención de ley y le fue concedida.
El procurador Estrada explicó mediante un escrito al Tribunal de Apelaciones de Managua (TAM), a través de la Sala Nacional de la Propiedad, que actúa en correspondencia de la Ley 278, Ley de la Propiedad Reformada Urbana y Agraria.
“(Esa ley) recoge los anhelos de ese gran sector pobre de la población, de tener una vivienda digna (...) Viene a recoger todas aquellas premisas que no pudieron ser materializadas por medio de las leyes 85 y 86”, dijo Estrada.
En su escrito, el procurador Estrada pidió a la Sala Nacional de la Propiedad que le reconociera los derechos adquiridos a los inquilinos sobre la propiedad de Pablo Gutiérrez.
“El Procurador General de la República está actuando de manera ilegal, violentando mis derechos constitucionales, pidiendo que se legitimen títulos a personas que no les asiste ningún derecho de propiedad, como yo lo he demostrado a lo largo de un juicio donde ya existe una sentencia a mi favor. El Procurador se está excediendo de sus facultades que le confieren las leyes y lo que establece nuestra Constitución”, se quejó Gutiérrez.