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El voto en el extranjero
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La discusión sobre el voto en el extranjero es de dimensión internacional y al respecto se expresan diversos argumentos, tanto a favor como en contra. El argumento principal en contra es que el voto no sólo es un derecho sino también una responsabilidad, pero las personas que viven fuera de su país y votan para elegir autoridades nacionales no asumen ninguna responsabilidad directa por las consecuencias de su elección. Los ciudadanos que viven dentro del país, antes de votar reflexionan sobre el beneficio o perjuicio que puede acarrear su decisión electoral. En cambio, los que residen en el exterior no tienen porqué preocuparse, pues cualquiera que sea elegido ellos seguirán viviendo de igual manera. En todo caso, según esta línea de pensamiento lo que deben hacer quienes viven en el extranjero es votar en las elecciones del país donde residen, o luchar por ejercer ese derecho si es que no lo tienen.

Otro argumento contra el voto en el extranjero es el de que para ejercerlo a conciencia se necesita estar muy bien informado de lo que ocurre dentro del país. Por lo tanto es indispensable realizar una intensa campaña política electoral externa, lo cual significa muchos gastos y grandes dificultades adicionales para los partidos y los candidatos que participan en las elecciones. Además, el voto en el extranjero aumenta también los gastos y las complicaciones del Estado, al tener que montar un complejo sistema de organización, votación y escrutinio fuera del país.

Por otro lado, a favor del voto en el extranjero se argumenta fundamentalmente que, por el hecho de tener que vivir fuera del país y generalmente obligado por las circunstancias, el ciudadano no puede perder el derecho a votar, que es precisamente la sustancia de la ciudadanía. Se sostiene también que las personas residentes fuera del país se han ganado el derecho de votar en el extranjero, con el cuantioso aporte de las remesas familiares que en volumen representan para el país más ingresos que las exportaciones. Sin el aporte de los emigrantes mucha gente dentro del país no podría sobrevivir y habría más pobreza, de manera que lo menos que se debería hacer para agradecerles a los emigrantes es garantizarles el derecho a votar en el extranjero.

En realidad, en Nicaragua la discusión acerca del voto en el extranjero ya ha sido resuelta legalmente. Los nicaragüenses tienen derecho de votar dentro o fuera del país, por el sólo hecho de ser ciudadanos sujetos de derechos políticos. La Constitución garantiza la “igualdad incondicional de todos los nicaragüenses en el goce de sus derechos políticos”, y obliga al Estado de “eliminar los obstáculos que impidan de hecho la igualdad entre los nicaragüenses y su participación efectiva en la vida política, económica y social del país (artículo 48).

Además, de acuerdo con la Ley de Cedulación el Estado tiene que cedular a todos los ciudadanos nicaragüenses, lo cual es un requisito indispensable no sólo para poder votar sino también para ejercer muchos otros derechos civiles y políticos. Y señala expresamente la Ley de Cedulación, en su artículo 2, que “los nicaragüenses mayores de dieciséis años, residentes en el extranjero, que no hayan obtenido su Cédula de Identidad Ciudadana, podrán solicitarla en cualquier tiempo ante el Cónsul General de la jurisdicción correspondiente, conforme a lo establecido en esta ley”.

Los magistrados del Consejo Supremo Electoral tratan de justificar el incumplimiento de su obligación legal, de cedular y garantizar el ejercicio del voto a todos los nicaragüenses que residen en el extranjero, con el pretexto de que no tienen presupuesto para implementarlo. Sin embargo, les sobran recursos para financiar sus jugosos sueldos y la gran vida que se dan a vista y paciencia de un pueblo empobrecido y hambriento. Si el presidente del Poder Electoral hasta puede disponer de un avión privado para sus viajes frecuentes al extranjero, es inaceptable el pretexto de que no hay dinero para cedular a los nicaragüenses que viven en el extranjero y garantizar su derecho a votar.

Y los diputados, en vez de legislar para burlar el derecho de la población costeña a elegir sus autoridades municipales en el tiempo establecido por la ley, deberían hacerlo para obligar a esos magistrados electorales incompetentes, a que cumplan con su obligación o de una sola vez destituirlos.

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