A Karla Solórzano le dijeron que no. Pero dos años después de que su permiso de operación se venció, el Instituto Regulador del Transporte Municipal de Managua (Irtramma) le otorgó su placa a otro concesionario.
La Ley 524 de Transporte Terrestre y su reglamento fue el principal argumento para negarle la renovación del permiso de operación al taxi con placas T-9575, propiedad del fallecido esposo de Solórzano, Mario Silva Reyes. En su artículo 61, la Ley de Transporte Terrestre especifica que después de seis meses de vencimiento del permiso de operación, la placa debe ser suspendida.
A pesar de que el esposo de Solórzano falleció hace seis años, el director del Irtramma, Francisco Alvarado, firmó la autorización para renovar el permiso de operación anual para cambio de titular, es decir para adjudicarle la placa a un nuevo propietario. La autorización de un nuevo cambio de titular fue aprobada el 13 de abril del 2007.
Lo más curioso es que Alvarado firmó el documento que supuestamente fue solicitado por el difunto. Solórzano desconoce todo el procedimiento.
“Yo no cambié nada en los papeles. Cuando quise renovar el permiso de operación, sólo me dijeron que la placa ya estaba vencida. Entonces, no sé si alguien más trabaja con el permiso que a mí me negaron”, dijo Solórzano, madre soltera de tres niños.
Al ser consultado el director ejecutivo del Irtramma, Francisco Alvarado, dijo que el caso mencionado era “viejo” como para recordar el contexto del procedimiento.
“Nosotros estuvimos en un proceso de revisión de placas y permisos, eso se estipuló en la Ley 524. La misma Asamblea Nacional aprobó permisos especiales para varios casos, y ahorita estamos terminando con el ordenamiento de los últimos 118 taxis que fueron favorecidos por la Asamblea”, indicó el funcionario, quien también explicó que el Irtramma no es parte del Poder Judicial para comprobar o penalizar los casos de usurpación de firmas e identidades durante las transacciones de transporte.