El diferendo con Colombia
Néstor Alejandro Valle González
El autor es Médico, especialista en Ginecología y Obstetricia y subespecialista en Urología Femenina

Desde principios del siglo XIX, los gobernantes de Colombia han tenido propósitos expansionistas, para crear lo que ellos denomina la quinta potencia en el Caribe. Para esto han utilizado toda clase de artimañas políticas, como títulos sin ningún valor y componendas con terceros países, como EE.UU., Costa Rica y Honduras, imponiéndose por último de facto para quitarle a Nicaragua lo que legítimamente le pertenece, como es la Costa de Mosquitos (hoy, Costa Caribe) a fin de tener control de la proyectada vía interoceánica y sus islas adyacentes: archipiélago de San Andrés y cayos Roncador, Serrana y Quitasueño.

A partir de la independencia, en 1821, diferentes tratados, incluyendo un laudo, han reconocido como pertenecientes a Nicaragua los territorios antes mencionados. En cambio, Colombia no posee ningún título que lo acredite como tal. Por ejemplo, en 1850, el tratado suscrito por Nicaragua y España; posteriormente, en 1860, entre Nicaragua e Inglaterra, confirmado en 1881 por el Laudo del Emperador de Austria. En 1864, el Gobierno de Nicaragua emite un decreto en el que se declara propiedad del Estado las islas e islotes adyacentes a su litoral Atlántico. En 1890, se reincorporan las Islas Mangle (Islas del Maíz) y posteriormente, en 1894, la Mosquitia.

En 1905, el Tratado Altamirano-Harrison, entre Nicaragua y Gran Bretaña, reconoce nuevamente la soberanía sobre la Mosquitia. A partir de 1922, se propone a Colombia someter a arbitrio el territorio en litigio, pero no acepta, pues teme perderlo, porque sus argumentos son débiles. Muy importante, el 15 de marzo de 1825 se firma, en Bogotá, el Tratado Molina-Gual, en el que la República de Colombia y las Provincias Unidas de Centroamérica se obligan y comprometen a respetar sus límites como estaban al presente. El 24 de marzo de 1928 se firma el Tratado Bárcenas Meneses-Esguerra, por el cual Colombia reconoce la soberanía de Nicaragua entre el Cabo Gracias a Dios y el río San Juan, y Nicaragua la de Colombia sobre el Archipiélago de San Andrés, sin incluir los cayos en litigio entre EE.UU. y Colombia. Es muy importante aclarar que el Meridiano 82 no constituye una frontera, sino una línea de delimitación local. Colombia dio lo que no tenía y Nicaragua cedió lo que realmente le corresponde.

La situación cambia a partir de la Declaración de los Derechos del Mar, con la declaración de Ginebra de 1958 y refrendada en Jamaica en 1982, en la que se establece que todos los países (donde es aplicable) tengan una plataforma continental de 200 millas náuticas y zona económica exclusiva, no importando ningún accidente geográfico, para explorar y explotar los recursos de hidrocarburos y Fauna Marina, por igual.

En cuanto a distancias, las islas de San Andrés y Providencia se encuentran a 74 y 84 Km de Nicaragua y a 1700 Km de Colombia. Juzgue usted, estimado lector: ¿quién tiene la razón?

El seis de diciembre de 2001, Nicaragua demanda a Colombia ante la Corte de La Haya y, recientemente, el pasado 13 de diciembre, ella resolvió que sí tiene competencia para conocer del caso ya mencionado. Pero, en el estado actual de cosas, Colombia pretende desconocer el fallo de la Haya.

En el proceso judicial, pronto citarán a Colombia para la contra memoria, luego vendrá la dúplica y réplica de ambos países, para luego quedar listo para sentencia. Es muy importante para los juristas que llevan el caso de Nicaragua, como país demandante, sostener lo siguiente:

1) La Real Orden de 1803 solamente era para vigilancia y observación.

2) Esta fue derogada por otra Real Orden de 1806.

3) El Tratado Bárcenas Meneses-Esguerra fue declarado nulo e inválido por Nicaragua el cuatro de febrero de 1980, por dos razones: 1) El país se encontraba ocupado por los marinos americanos. 2) La Constitución de 1911 prohibía la celebración de tratados que afectaran la soberanía.

Hay que tomar en cuenta el pensamiento de Alfonso X, El Sabio, que dice que para ganar una litis se requiere lo siguiente: 1) Tener la razón. 2) Saberla pedir. 3) Que la quieran dar. Siendo profano en el tema, escribo movido por el sentido de patriotismo y nacionalismo que todo nicaragüense debe tener, para que nuestro país nunca más sea desmembrado por causa de cualquier índole.

En conclusión: 1) Esperamos un fallo justo de la Corte Internacional de Justicia y que se le reconozca a Nicaragua el Derecho del Mar y, por supuesto, su soberanía sobre los cayos. 2) El veredicto debería incluir una justa compensación económica por daños y perjuicios. 3) Juan XXIII dijo que si los tratados eran injustos, estos deberían ser sujetos de revisión.

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