¿Quiere usted conocer de primera mano los gastos en que incurre la Presidencia? ¿A quién le compran las flores que adornan los actos oficiales? ¿Quiénes son los asesores de la Asamblea Nacional y de los ministros y cuánto ganan? ¿En qué invierten los diputados los 450 mil córdobas anuales que se les asignan como fondo social? ¿Dónde está la ayuda de Venezuela?
Estas y otras informaciones de la administración estatal puede saberlas haciendo uso de la Ley de Acceso a la Información Pública, y las autoridades están obligadas a responderle en 25 días como máximo.
Si se la niegan, el funcionario puede ser sancionado con una multa de uno a seis meses de su salario, salvo que la información esté clasificada como reservada. Eso es lo que dice la Ley actualmente en vigencia.
Sin embargo, en la inmensa mayoría de los ministerios públicos, entes autónomos, empresas estatales subordinadas al Poder Ejecutivo, así como el resto de poderes del Estado, no se han formado las Oficinas de Acceso a la Información Pública (OAIP) como ordena la ley.
Tampoco se ha creado una instancia denominada Comisión Nacional de Acceso a la Información Pública, la cual estará integrada por los funcionarios que ejerzan la coordinación de acceso a la información de cada poder del Estado, Gobiernos Regionales Autónomos del Caribe, así como los delegados de los gobiernos municipales.
Otra instancia que aún está pendiente de formación es la Coordinación de Acceso a la Información Pública, cuyos miembros deben ser electos mediante concurso público, según estipula el Reglamento de la mencionada ley.
Urge Hábeas Data
La Asamblea Nacional todavía no ha empezado a legislar en Ley de Hábeas Data (aunque la Ley de Acceso a la Información lo mandata), que debe proteger los datos personales asentados en registros, bancos de datos públicos o privados, cuya publicidad constituya una invasión a la privacidad personal, familiar, que tenga relevancia con respecto a datos sensibles de las personas, su vida íntima, incluyendo asuntos familiares, que se encuentren en poder de las entidades públicas y mixtas y las subvencionadas por el Estado, así como en las entidades privadas que reciban fondos estatales.
Según el artículo 52 de la Ley de Acceso a la Información, 180 días después de publicada dicha ley deberá presentarse y aprobarse la Ley de Hábeas Data.
En todos los casos, cuando se consultó sobre las OAIP para este trabajo, la respuesta de los divulgadores o directores de relaciones públicas de las entidades del Poder Ejecutivo fue que “estamos trabajando en eso”.
“Hubo una orientación de la Presidencia, que tenemos que trabajar en la formación de esas oficinas tal y como lo manda la ley, y adecuar los recursos que existen”, expresó uno de los divulgadores consultados.
En formación
Un rápido recorrido de LA PRENSA por seis de los doce ministerios que integran el Ejecutivo, refleja que hasta hoy las OAIP no existen en su totalidad y están en proceso de formación.
En el Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI), Gilberto Andino, del Centro de Atención al Público, explicó que “lo que se está haciendo es modernizar nuestra base de datos”.
Agregó que lo que se piensa hacer es fusionar el Centro de Atención al Público y el Centro de Documentación, para denominarlo División de Acceso a la Información y Atención al Público.
Andino señaló que “quizás lo más complicado es la creación del comité que va a decidir qué es información reservada”.
De acuerdo con la Ley, la información reservada es aquella que puede poner en riesgo la seguridad e integridad del territorio del Estado y/o la defensa de la Soberanía Nacional; la información cuya divulgación pueda obstaculizar o frustrar las actividades de prevención o persecución de los delitos y del crimen organizado; el sigilo bancario, secretos comerciales, industriales, científicos o técnicos propiedad de terceros o del Estado, propiedad intelectual, información que ponga en riesgo las relaciones internacionales, los litigios en tribunales internacionales o la estrategia de negociación de acuerdos comerciales o convenios de integración, así como los proyectos de sentencias y resoluciones de órganos unipersonales o colegiados.
Comunicación oficial
Mientras tanto, Reynaldo Mairena, director de Comunicación Social del Ministerio de Educación (Mined), señaló que “ahorita nos mandaron comunicación de la Presidencia de que había que crear la Oficina de Acceso a la Información Pública y en eso se está trabajando”.
“En este momento va a estar a cargo de Relaciones Públicas y a más tardar en 15 días estará abierta al público. La idea es que esa oficina la integre Informática y Relaciones Públicas. Aquí se están adecuando los recursos existentes para que funcione”, precisó Mairena.
Por su parte, la vocera del Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP), Luz Marina González, dijo que “ya se está trabajando en eso” y agregó que quien está a cargo de la creación de la Oficina de Acceso a la Información Pública es la Dirección General de Tecnología de ese ministerio.
LA PRENSA consultó vía telefónica al vocero del Ministerio Agropecuario y Forestal (Magfor), Léster Juárez, pero este dijo que tenía que “consultar” si podía hablar del tema. Prometió devolver la llamada, pero hasta el cierre de esta edición no lo había hecho.
Maritza Tellería, jefa de Relaciones Públicas del Ministerio de Salud (Minsa), respondió que esa institución está trabajando en la instalación de la Oficina de Acceso a la Información Pública, y mientras no esté instalada las respuestas a las solicitudes de información las hará la Oficina de Comunicación Social.
“Tenemos una oficina de atención al público. Estamos abiertos a cualquier cosa que quiera saber el público”, sostuvo la funcionaria.
PGR adelantada
La Procuraduría General de la República (PGR) y el Banco Central de Nicaragua (BCN) son las instituciones que están más avanzadas en la creación de la Oficina de Acceso a la Información Pública, pues cuentan con casi toda la logística y personal necesarios para entrar en funcionamiento.
Auxiliadora Rayo, jefa de Relaciones Pública de la PGR, dijo a LA PRENSA que “desde antes de la entrada en vigencia de la ley la institución había puesto todo su empeño para dar cumplimiento a lo que esa norma jurídica mandata”.
“En ese sentido y cumplimiento del artículo 47 se ha creado y mejorado la información de la página Web, para dar a conocer todas nuestras acciones y noticias en defensa del patrimonio del Estado”, agregó.
También dijo que actualmente están trabajando para que en la página Web se refleje la remuneración mensual de la Dirección Superior y de todo el personal, incluyendo los trabajadores temporales y externos, tal y como lo manda el inciso C del artículo 20 de la ley “y toda la información básica que como funcionarios de las entidades públicas debemos difundir de oficio”, refirió.
Explicó que ya está montado el Centro de Documentación y habrá también una oficina de denuncia (que ya existe) y atención al ciudadano, para recibir denuncias y orientar al público.
Orden de Ortega
El Presidente de la República, Daniel Ortega, ordenó a todos los ministros, presidentes y máximos titulares de todas las instituciones del Poder Ejecutivo, “proceder a la integración de la Oficina de Acceso a la Información Pública en cada entidad”, en ocasión de la entrada en vigencia de la Ley de Acceso a la Información Pública.
La orden presidencial está contenida en el Decreto 117-2007 del 20 de diciembre de 2007, publicado en La Gaceta número siete del 10 de enero de 2008.
El mandatario también mandó a publicar el Reglamento de la Ley 2007, que apareció en La Gaceta número seis, del 9 de enero de 2008.
Promotores satisfechos
Cristiana Chamorro Barrios, de la Fundación Violeta Barrios, calificó de positiva la publicación del mencionado reglamento “ya que recoge la propuesta del Grupo Promotor y contempla el marco administrativo, para el ejercicio de ese derecho de los ciudadanos”.
“El problema es que no hay presupuesto para la aplicación efectiva de esa Ley”, aseguró Chamorro.
El presidente Ortega también instó a los poderes del Estado, Gobiernos Regionales Autónomos y Gobiernos municipales “a integrar a la brevedad posible, las Oficinas de Acceso a la Información Pública”.
La Fundación Violeta Barrios espera que con la aprobación de este reglamento se inicie la apertura de las instituciones del Estado, hacia una cultura de transparencia, según expresó Chamorro.
La Ley de Acceso a la Información Pública y su Reglamento constituyen una herramienta fundamental para fortalecer la transparencia y bienandanza de la administración pública y de la gestión de las instituciones concesionarias de servicios públicos, precisa un comunicado de la Fundación.
La Ley fue aprobada el 16 de mayo de 2007, lo que convirtió a Nicaragua en el segundo país de Centroamérica en tener una herramienta jurídica que regula el derecho de acceso a la información.
El reglamento establece con precisión los procedimientos administrativos a través de los cuales todas las personas podrán solicitar información pública a las entidades del Estado y aquellas instituciones que son concesionarias de servicios públicos.
El reglamento fue validado por el Grupo Promotor (GP) del acceso a la información pública, integrado por la Fundación Violeta Barrios y otras organizaciones de la sociedad civil. Se presentó a la Secretaría Privada para Políticas Nacionales de la Presidencia de la República, el 15 de agosto de 2007.
Sin embargo, aún falta una asignación presupuestaria suficiente para que cada institución obligada cree las estructuras que establece la ley para su implementación.