La pesada bota de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) sobre la Asamblea Nacional tomó más fuerza con una sentencia que declaró inconstitucionales varias leyes, bajo el alegato de que los diputados “omitieron” el debido proceso de consultas para su aprobación.
Diputados que pertenecen a la Comisión de Justicia y Asuntos Jurídicos de la Asamblea Nacional calificaron como “grave” y “peligrosa” la sentencia que declaró inconstitucionales dos Leyes Marco, la Superintendencia de Servicios Públicos (Sisep), la Intendencia de la Propiedad y la Ley del Seguro Social.
El presidente de la comisión, el liberal José Pallais, dijo que la CSJ no fundamentó la supuesta falta de consultas para la aprobación de las ahora inconstitucionales leyes.
“Es grave, porque en los dictámenes no siempre se dice a quién se consultó, aunque haya habido consulta, entonces esto provoca un problema porque la Corte no fundamentó, no probó su aseveración y entonces abre un problema para todas las leyes”, advirtió Pallais.
UN SABLE MORTAL
“Hay una semilla allí medio escondida que es un atentado también en contra de las facultades de la Asamblea, un nuevo sable en contra de la democracia que está allí escondido y es el argumento de la Corte Suprema de que las leyes ordinarias de la Sisep, Instituto de la Propiedad y Seguridad Social se declaran inconstitucionales de oficio por falta de consultas necesarias”, dijo Enrique Sáenz, diputado por el Movimiento Renovador Sandinista (MRS).
Sáenz y Pallais coincidieron en que la CSJ no demostró en su sentencia las pruebas de que hubo falta de consultas para refrendar las leyes.
“Eso puede ser mortal, primero porque es de oficio y segundo porque cuál es el concepto de consultas necesarias, y en tercer lugar, en esta sentencia que debe tener fundamentos de hecho y de derecho, ¿cuáles son los fundamentos de hecho que realizó la Corte para considerar que no fueron consultadas?”, explicó Sáenz.
Adolfo Martínez, diputado por la Alianza Liberal Nicaragüense-Partido Conservador (ALN-PC), alegó que la sentencia atenta contra todas las leyes.
“Es peligroso, porque, ¿quién determina la consulta?, eso atenta totalmente contra la seguridad de la ley que nosotros podamos emitir, porque cualquiera puede invocar que no hubo una consulta suficiente. En este particular hay una violación y nos vamos a pronunciar sobre esto, definitivamente”, aseguró Martínez.
SENTENCIA CPC CON BUENA ACOGIDA
Los legisladores avalaron la sentencia que legalizó a los Consejos del Poder Ciudadano (CPC), pero sin rango ministerial y presupuesto estatal. Los diputados indicaron que en los considerandos de la sentencia la CSJ dio un “punto de inflexión”, al establecer que no pueden recurrir en contra de una ley en su proceso de formación, que termina con su publicación por parte del parlamento.
“Yo considero que la sentencia (CPC) en sí, favorece en parte la posición del Bloque contra la Dictadura, porque en uno de los considerandos está el reconocimiento de que la formación de la ley y la facultad de la Asamblea va desde la iniciativa de ley hasta su publicación, ya ese es un paso fuerte”, valoró Martínez.
“Si leés la sentencia sobre los CPC, hay una inflexión en la línea que la Corte había tomado en las sentencias anteriores, porque no se establece que haya control previo, sino que más bien esa sentencia declara que la Ley 630 fue correctamente publicada y lo dice así en sus considerandos”, dijo Pallais.