El ex presidente Arnoldo Alemán negó que la restitución del régimen de convivencia familiar, suspendido en diciembre pasado, sea como resultado de un combo de negociaciones en la Corte Suprema de Justicia (CSJ).
Recordó que el mismo Poder Judicial ya se había pronunciado sobre el régimen de convivencia familiar, por lo que no podía una Sala del Tribunal de Apelaciones de Managua (TAM), por ser de inferior jerarquía, suspenderle su derecho, que era cosa juzgada.
Un auto dictado por la Sala Penal de la CSJ, en el que el Tribunal Supremo reconoce la competencia del Juzgado Primero de Ejecución de Sentencia y Vigilancia Penitenciaria para regular el régimen de convivencia familiar del ex presidente y reo Arnoldo Alemán, fue lo que permitió a la juez Roxana Zapata devolver ese beneficio al ex mandatario, que le permite circular libremente por todo el territorio nacional.
Así lo confirma la resolución emitida por la juez Zapata, la cual agrega que se le devuelve la convivencia familiar a Alemán, por ser un derecho que él tiene como reo valetudinario, y compara su situación con la del ex canciller Enrique Dreyfus, condenado recientemente a tres años de prisión por el delito de defraudación, pero que por ser mayor de 70 años también goza de la convivencia familiar.
La resolución fue notificada al Sistema Penitenciario Nacional, para que retirara la custodia que Alemán tenía en la hacienda El Chile, a la Dirección de Auxilio Judicial de la Policía (DAJ) y a la Dirección General de Migración y Extranjería (DGME), para garantizar que Alemán no abandone el país.
CULPA DEL PACTO A REFORMAS DE 1995
Alemán dijo que antes de señalarlo como el principal responsable de negociar con el Frente Sandinista para repartirse cargos en los distintos poderes del Estado, como son el Judicial y el Electoral, se debía responsabilizar a quienes aprobaron las reformas constitucionales en 1995, que establecieron la elección de los magistrados con una votación de mayoría calificada, es decir, 56 votos.
Sin embargo, la propuesta de la UNO para la reforma de la Constitución sandinista de 1987, con el objetivo de democratizar la integración y el funcionamiento del Poder Judicial, señalaba que los magistrados de la Corte Suprema debían ser únicamente siete, elegidos por cuatro quintas partes (4/5) de los miembros de la Asamblea Nacional.
Los magistrados deberían ser escogidos de ternas propuestas sólo por las asociaciones de abogados, las facultades de Ciencias Jurídicas y la Corte Suprema.
Los poderes Ejecutivo y Legislativo no podrían proponer magistrados, para evitar la politización o partidización del Poder Judicial.
Pero esta propuesta fue rechazada por los diputados sandinistas, unidos con los del Grupo de Centro que respaldaba la política de Antonio Lacayo y varios legisladores de la misma UNO, que se desgajaron de esta después del secuestro de agosto de 1993.
Pero la repartición partidista de la Corte no depende de la cantidad de votos parlamentarios que se requieran para elegir a los magistrados, sino del acuerdo que los dos partidos mayoritarios hagan para apropiarse de ellos.
Por eso fue que el pacto de Alemán con Ortega aumentó el número de magistrados a 16, a fin de repartirse los cargos “equitativamente” entre el PLC y el FSLN.
Sin embargo, Alemán señaló que gracias a esa negociación, los liberales pasaron a tener un equilibrio en el Poder Judicial de ocho magistrados, cuando antes no tenían ninguna representación en ese Poder del Estado, y que la derrota de las fuerzas democráticas no se debe a ningún pacto o negociación, sino a la misma división de los liberales.