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Noticias >> Política
Silvio Américo Calderón. ()
Piden a CSE cancelar personería a Yatama
María José Uriarte
politica@laprensa.com.ni
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El Partido Liberal Constitucionalista (PLC) solicitó al Consejo Supremo Electoral (CSE) cancelar de oficio la personería jurídica de la agrupación política regional, Yatama, actual aliado electoral del partido de Gobierno, el Frente Sandinista (FSLN), bajo el argumento de no haber llenado los requisitos de ley en cuanto al porcentaje de inscripción de candidatos para los comicios municipales en la Región Autónoma Atlántico Norte (RAAN).

Las autoridades liberales han cuestionado la inscripción de candidatos de Yatama en los municipios de Prinzapolka, Bilwi y Waspam, ya que alegan que son parte de la alianza electoral inscrita por el Frente Sandinista, el pasado 3 de marzo, la misma que fue autorizada y notificada por las autoridades electorales el 6 de marzo.

Además de la cancelación de oficio de la personería jurídica de Yatama, también solicitaron en el escrito que se declare de nulidad absoluta la lista de postulación y presentación de candidatos presentada el pasado 11 de agosto, así como el registro y publicación provisional, ordenada por la Dirección de Atención a Partidos Políticos, ya que esto implica una “abierta usurpación” a las atribuciones del Poder Electoral.

El asesor para asuntos electorales del PLC, Silvio Américo Calderón, explicó que entre los argumentos planteados en el escrito presentado al CSE, Yatama es un partido político autorizado de carácter regional, por lo que es limitada su participación en los procesos electorales establecidos en el artículo 1 de la Ley Electoral, dada las jurisdicciones territoriales en que se encuentran las Regiones Autónomas Atlántico Norte y Sur.

El artículo uno se refiere a los procesos de Presidente y Vicepresidente de la República, Diputados ante la Asamblea Nacional, Diputados ante el Parlacen, miembros de los Consejos de las Regiones Autónomas de la Costa Atlántica, alcaldes y vicealcaldes municipales y miembros de los concejos municipales.

El ex magistrado electoral agregó que desde el momento que Yatama forma parte de la alianza con el FSLN, no puede postular candidatos propios en la elección, tal como establece el artículo 80 de la Ley Electoral.

NINGUNA LISTA

“Por tal virtud, en la publicación definitiva de candidatos del pasado 12 de abril del presente año, a como lo señala el calendario electoral sobre las actividades propias del proceso, a Yatama no se le publicó ninguna lista de candidatos, limitándose a publicar las listas de candidatos en las circunscripciones regionales, correspondiente a la alianza Frente Sandinista de Liberación Nacional, de la cual forma parte”, precisó Calderón.

El asesor del PLC señaló que de considerarse en la escritura de constitución de alianzas del FSLN el derecho reservado por la agrupación política regional de inscribir como partido, sus propios candidatos en los municipios a que se refiere la publicación provisional el pasado 26 de marzo, hubiese publicado sus candidatos en la lista definitiva del 12 de abril.

De ser así, Calderón estima que se habría expresado en la resolución del CSE al autorizar esa alianza electoral.

“Lo anterior, en aplicación en el actuar de la buena fe institucional y del ejercicio de la sana lógica, nos induce a concluir que en la escritura de constitución de alianza, Yatama no se reservó el derecho de inscribir como partido sus propios candidatos en los municipios de Prinzapolka, Puerto Cabezas y Waspam, pertenecientes a la RAAN”, observó Calderón.

El ex magistrado insistió en que siendo Yatama parte de la alianza del Frente Sandinista, por prohibición legal no debió presentar como partido, al margen de la alianza electoral, sus propias listas de candidatos, debido a que la alianza FSLN inscribió en ambas regiones de la Costa Caribe nicaragüense sus propios candidatos.

Por eso “nos encontramos en la publicación provisional del 18 de agosto, con dualidades de presentación de candidatos como partido y como alianzas, en los mismos municipios que forman parte de la RAAN”.

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