El primer secretario de la junta directiva de la Asamblea Nacional, Wilfredo Navarro, señaló que hoy aprobarán una resolución para que el Consejo Supremo Electoral (CSE) y la Cancillería cumplan con el mandato de cedular a los nicaragüenses residentes en el exterior, tal como lo estipula la Ley de Identificación Ciudadana.
“Instar al excelentísimo señor Presidente de la República Daniel Ortega Saavedra y a los señores magistrados del Consejo Supremo Electoral, para que en cumplimiento a la Constitución Política de la República y de las leyes, inicien a lo inmediato el proceso de cedulación de los nicaragüenses en el exterior, que les permita gozar del derecho de igualdad y de los demás derechos que todo Estado democrático reconoce a sus ciudadanos”, dice el texto de la resolución.
NI PICHAN, NI CACHAN...
Sin embargo, fuentes extraoficiales dijeron a LA PRENSA que de aprobarse esa medida, los magistrados del CSE podrían recurrir ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ) por inconstitucionalidad, bajo el argumento de que el Poder Legislativo invade las funciones que le corresponden al Poder Electoral.
Las autoridades electorales no estuvieron disponibles para confirmar o negar esta versión. De acuerdo a las fuentes, el recurso podría ser enviado al Tribunal de Apelaciones. Los magistrados electorales expondrían que una de las funciones del CSE es dirigir y realizar el proceso de cedulación en el exterior, pero no lo hace.
La Ley Electoral, en su artículo diez, numeral 12, faculta al CSE tener bajo su responsabilidad la cedulación ciudadana. Sin embargo, el CSE viola la Ley de Identificación Ciudadana, que publicada con sus reformas en enero del 2005 establecía que las autoridades tenían 180 días para empezar con el proceso de cedulación de los nicaragüenses en el exterior.
Hasta la fecha, casi tres años después, los nicaragüenses en el exterior no gozan de su cédula.
En el pasado el CSE ha demandado al gobierno diez millones de dólares para ejecutar el proceso de cedulación en el exterior, sin embargo, el tema de los costos podría solucionarse cobrando una módica suma a los interesados.
“Para solicitar la Cédula de Identidad Ciudadana en el extranjero, el interesado deberá llenar el formulario diseñado por el Consejo Supremo Electoral y lo presentará personalmente ante el Cónsul General de jurisdicción correspondiente, acompañada de dos fotografías, partida de nacimiento del interesado y el pasaporte válido, con las respectivas fotocopias, para que una vez razonados le sean devueltos los originales al interesado”, dice la ley.