El Tribunal de Apelaciones de lo Penal de Occidente no dio lugar a la apelación que se realizaba en la sentencia del metanol.
A finales de agosto los magistrados notificaron su decisión a los abogados, quienes ahora pueden ir a casación ante la Corte Suprema.
En el expediente del caso se lee que “no ha lugar a los recursos de apelación…”, cita el escrito que fue emitido por los magistrados Armando Campuzano, Martha Madriz y Sara Núñez.
La resolución fue emitida a pocos días de conmemorarse un años de esa tragedia que afectó a más de 700 personas, de las que fallecieron unas 48 y que provocó ceguera a unas 40 personas, como consecuencia de haber consumido metanol, el cual fue vendido como si fuera una bebida alcohólica conocida como guarón.
Para esta semana diferentes instituciones de León han organizado varias actividades como marchas contra el alcoholismo, exposición fotográfica de lo vivido en esas fechas y una misa en homenaje a los fallecidos.
El abogado Vicente Mendiola, defensor de Denis Justino Salgado, quien condujo la camioneta en que se trasladó el metanol desde la finca el Pellizco, en Chichigalpa, hasta León, indicó que tramitarán un recurso de casación ante la Corte Suprema de Justicia.
Por su parte el abogado Mendiola sigue sosteniendo que hay indicios de nulidad en el proceso, por lo que continuará solicitando la revocación de la sentencia.
Mendiola señala que Salgado sólo fue contratado dado que él se dedicaba a realizar traslados de cargas.
Sin embargo, los alegatos expuestos por los defensores no fueron admitidos, “en consecuencia, confírmese las sentencias recurridas en toda y cada una de sus partes”, reza la resolución.
Las personas condenadas en este caso son: José Angel Rodríguez, conocido como “Changuelo”; Marcia Lorena y Reynado Occonor Sobalvarro, Denis Justino Salgado, Alfonso Martínez Quedo, Francisco Javier Rodríguez Martínez (hijo de “Changuelo”) y los hermanos Flavio y Marvin Centeno Darce.