Si indagásemos en una definición de acoso sexual, encontraríamos: Empleo de una conducta sexual indebida, encontrando para ello diversas modalidades, como el contacto físico, comentarios sexuales, dirigir gestos sexuales hacia uno o acerca de uno; proposiciones sexuales, tales como sugerir encuentros sexuales o pedirle citas amorosas repetidamente aunque la víctima se haya negado; comunicación indeseada, como llamadas telefónicas, cartas o correos electrónicos con contenido grosero o amenazante.
Hay datos estadísticos que reflejan cuan expuestos estamos ante el acoso sexual, por ejemplo: El 81 por ciento de los estudiantes sentirán alguna forma de acoso sexual durante su período escolar, y un 27 por ciento lo sentirá muy a menudo; 85 por ciento de los estudiantes indican que hay acoso entre los estudiantes de su escuela. Casi el 40 por ciento de los estudiantes indican que los maestros y otro personal escolar acosan sexualmente a los estudiantes de sus escuelas.
Estos datos son alarmantes, y lógicamente nuestro país se ve afectado. En el primer semestre del 2006, la Comisaría de la Mujer recibió 135 denuncias de acoso sexual, cuyas víctimas tenían las características siguientes: 10 eran menores de 13 años, 15 oscilaban entre 13 y 14 años, 33 de las denunciantes tenían edades de entre 15 y 17 años, 35 tenían entre 18 y 25 años; 31 de 26 a 45 años, y 11 de, 45 años en adelante. Todos ellos denunciados por mujeres que se atrevieron a señalar a sus agresores, o de madres de familia que rompieron el silencio .
¿Qué hacer para tratar de reducir el impacto de este hecho indignante? Denunciar el acoso a la dirección del centro o profesor(a) de tu centro de estudio, o informar a tu madre o padre inmediatamente.
¿Y qué podría hacer el “entorno”, entiéndase la justicia, a través de sus leyes? Plantea el artículo 197. Acoso sexual. “El que someta a una persona a acoso o chantaje con propósito sexual, sin llegar a consumar la violación o la seducción ilegítima, cometerá el delito de acoso sexual y será penado con prisión de uno a dos años” ¿considera usted que resulta suficiente esta penalización?