Hace una semana les prometieron libertad, pero esa oferta no se ha hecho efectiva porque será hasta el martes que Ana Isabel Morales, ministra de Gobernación, podrá asistir a un acto protocolario que terminará con el calvario de 10 mujeres privadas de libertad en la cárcel La Esperanza.
Hace dos años una juez de Ejecución de Sentencia y Vigilancia Penitenciaria, notificó a las autoridades de La Esperanza que según la Ley de Régimen Penitenciario tiene la obligación de estudiar de oficio, los casos de internas con enfermedades crónicas, para que opten al régimen de convivencia familiar. Hoy la Sala Penal de la Corte Suprema le recuerda nuevamente al Sistema Penitenciario Nacional, que tiene esta potestad.
En una resolución que los magistrados de la Sala Penal le dirigieron a la jefa de La Esperanza, alcaide Modesta Estela Cruz Mayorga, le recuerdan que tiene “la potestad legal para otorgar el derecho al régimen de convivencia familiar”, a 10 privadas de libertad, según lo demuestran los dictámenes de médicos forenses.
Es de destacar que en una visita a ese penal, tanto los magistrados de la Sala Penal como las autoridades penitenciarias decidieron revisar la situación de varias internas con padecimientos crónicos, tras el señalamiento que les hizo el magistrado Sergio Cuarezma. Inspirado en el caso de Vicenta Mercado Castillo y/o Vicenta López Mercado, por su edad, 72 años, Cuarezma instó a las internas a exigir que de oficio les revisaran sus casos.
OCHO DÍAS DE ESPERA
Pese a que esta situación ocurrió hace ocho días, y aún cuando la resolución fue entregada el miércoles pasado, las internas aún no podrán irse a sus viviendas sino hasta el martes próximo, hasta que se desarrolle un acto presidido por la ministra de Gobernación, Ana Isabel Morales.
El 1 de julio del 2005, tras una visita ordinaria al penal La Esperanza, la juez Primero de Distrito Penal de Ejecución de Sentencia y Vigilancia Penitenciaria, Roxana Zapata López, concluyó en su informe que en el caso de internas con enfermedades crónicas, el centro penitenciario tiene las facultades que le otorga la Ley de Régimen Penitenciario y Ejecución de Pena, para estudiar de oficio los casos concretos y así otorgar los beneficios del Régimen de Convivencia familiar.