Los funcionarios públicos podrán invocar el principio de “prueba del daño” para negarse a brindar información pública, de acuerdo a las mociones consensuadas ayer por la Comisión de Justicia y Asuntos Jurídicos, al articulado de la Ley de Acceso a la Información Pública.
Según el presidente de la comisión legislativa, el liberal José Pallais, se creó el principio de “prueba de daño”, a través del cual los funcionarios podrán clasificar a última hora —bajo justificación— como reservada la información que les soliciten.
“No basta con decir que es reservada, sino que se tiene que justificar con argumentos establecidos en la presente ley. Tienen que cumplir con que la información se encuentra prevista en algunos de los supuestos de excepción contemplados en la ley, porque la ley dice cuál información se puede reservar”, explicó Pallais.
TIENEN QUE ARGUMENTAR
“Tienen que argumentar (los funcionarios) que la liberalización de la información puede amenazar el interés público protegido por la ley, porque cuando se reserva la información es por interés superior, por interés nacional”, agregó.
“Además, que el daño que puede producirse con la liberalización de la información, es mayor que el interés público de conocer la información relevante”, concluyó Pallais.