La magistrada de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), Alba Luz Ramos, considera que el problema de la violencia intrafamiliar debió tipificarse dentro del nuevo Código Penal —que se discute artículo por artículo en la Asamblea Nacional— como un delito autónomo e independiente de la agresión concreta que se comete en contra de la mujer y sus hijos.
Los legisladores discuten el contenido del Código Penal desde hace varios meses y a la fecha sólo han aprobado más del cincuenta por ciento de sus artículos, entre ellos, los que se refieren a los delitos en contra de la familia.
En ese apartado no se tipificó la violencia intrafamiliar como un delito.
La magistrada Ramos explicó que en el nuevo Código Penal los diputados consideraron la violencia intrafamiliar como un agravante de la agresión que cometa el cónyuge de una mujer dentro de un entorno familiar.
“Lo que se hizo fue una definición del concepto general de la violencia intrafamiliar, pero no se tipificó el delito tal y como se estaba proponiendo”, dijo.
Dijo que en vez de decir que se sancionaría el delito de violencia intrafamiliar, lo que indican los enunciados es que cuando la lesión surja dentro del contexto de violencia intrafamiliar se agravará la pena.
“Ahí no se está tipificando nada porque si fuese así, se hubieran definido sus elementos constitutivos”, expresó.
Dijo que los diputados debieron tipificar como delito la violencia intrafamiliar con independencia de la agresión concreta que se cometa en contra de la víctima, porque el hecho mismo de hacerlo tiene en sí un elemento educativo y preventivo en los hombres.
UN HECHO REPUDIABLE
Señaló que en este tema es importante que los hombres sepan que la violencia es un hecho repudiable y que se debe quitar la idea de que los delitos que ocurren dentro del ámbito intrafamiliar son hechos privados como siempre se ha pensado.
“Es un hecho que tiene un impacto social muy terrible porque los niños que se desarrollan dentro de un ambiente hostil van a reproducir esa violencia en un futuro”, explicó.
Consideró que la violencia intrafamiliar debió ser considerada como un delito en el nuevo Código Penal, porque ese problema también tiene un impacto negativo en el desarrollo económico del país, debido a que las mujeres están cada vez más incorporadas al mercado de trabajo y el hecho de sufrir violencia intrafamiliar provoca ausentismo laboral.
NO EXISTE LA AGRESIÓN PRIVADA
Señaló que ese fenómeno provoca también un gran gasto en salud por las agresiones que sufren las mujeres, y una serie de factores que hacen suponer que el fenómeno no es un problema privado.
“Pero actualmente persiste esa idea y en ese sentido hay que hacer campañas educativas a todos los niveles para que ese concepto desaparezca”, indicó la magistrada Ramos, quien también expresó que si eso se logra realizar sería un paso muy importante para la sociedad nicaragüense.
Agregó que no están proponiendo con esa moción, que se promulgue una ley como la que está en proceso de aprobación en Costa Rica, donde se tipifica el delito de feminicidio.
No obstante, señaló que sería un gran logro el que se aprobara la violencia de género como un delito.
Dijo que en ese aspecto lo que considera más viable es que cuando una mujer sea privada de la vida dentro de un entorno familiar a ese hecho se ponga un agravante.
“No tipificar el delito sino agravar la pena, más o menos es la solución que se le ha dado en la Ley 230 y que se ha trasladado ahora al nuevo Código que está en proceso de aprobación”, indicó Ramos.