Mientras el Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI) ya tiene lista la propuesta para reglamentar la Ley 616, de reformas a la Ley de Transporte Terrestre, un sector de los transportistas considera que basta con la interpretación legislativa de esos articulados para regular al sector.
Gioconda Alvarado, secretaria general del MTI, confirmó que esa institución ya tiene listo el documento legal en el que se reglamenta la Ley 616, específicamente en el tema de la regulación al transporte de carga en el país.
No obstante, el documento de reglamentación sólo “acepta” lo ya establecido en las reformas de la Ley 616, que son “intocables”, admitió.
“Esa ley es incongruente, porque se contradice en el tema de la aplicación de sanciones, y ubica las multas en un plano ministerial. El problema es que ya no se puede hacer más que cumplir con el requisito de ley de emitir un reglamento”, indicó la funcionaria.
Por su parte, el subdirector de Transporte Terrestre, Franklin Sequeira, explicó que las reformas a la Ley de Transporte Terrestre contemplan condiciones para el transporte de carga, transporte de sustancias tóxicas, certificados de pesas y medidas y hasta la creación del registro nacional de concesiones y de medidas y pesos, entre otros temas.
EL PLAZO DEL EJECUTIVO
A pesar de que el documento de reglamentación a la Ley de Transporte Terrestre ya está listo, podría quedar sin valor, porque el Ejecutivo aún no lo publica.
La Constitución de la República de Nicaragua, en su artículo 150, establece que el Ejecutivo tiene un plazo de sesenta días para reglamentar una ley. Si no cumple con el plazo, de acuerdo al artículo 141, la junta directiva de la Asamblea Nacional encomendará la reglamentación de las leyes a la comisión respectiva, para su aprobación en el plenario.
“La Ley 616 fue publicada el 7 de mayo y a la fecha el Ejecutivo ya perdió su oportunidad para actuar, la Constitución es clara”, especificó el presidente de la Unión Regional de Cooperativas de Transporte Colectivo (Urecootraco), Rafael Quinto, para quien la interpretación auténtica de parte del Legislativo es la solución para regular al sector.
PREFIEREN REGLAMENTO DEL LEGISLATIVO
“Si el Legislativo interpreta y define que la Ley 616 sólo se refiere al transporte de carga, entonces ya no habrá conflictos con el resto del sector”, dijo Quinto.
La Ley 616 elimina 33 artículos del reglamento vigente de la Ley de Transporte; además establece multas de hasta cinco salarios mínimos como sanciones leves, y disminuye las multas, de 5,000 córdobas a 2,500 córdobas para las sanciones más graves.
Además, le quita al MTI los mecanismos para regular al sector transporte.