Tres días antes de pasar a jubilación, el entonces magistrado y ex miembro de la Seguridad del Estado Oscar Loza, elaboró el proyecto de sentencia que favoreció a tres condenados por el tráfico de tres toneladas de cocaína, según indica el informe enviado por los magistrados suspendidos por este caso, a la Corte Suprema de Justicia (CSJ).
El informe relata los pormenores de la polémica sentencia como el proceso de análisis del caso, su elaboración, redacción y notificación de la resolución, y explicaron que Loza fue designado para que elaborara el proyecto de sentencia.
El documento que ya está en manos de la CSJ fue firmado por los magistrados Enrique Chavarría y René Bayardo Robelo Sotomayor, así como por Aura Doña Gutiérrez y Ana Gloria Reyes, todos de la Sala Penal Uno.
Los funcionarios de dicha Sala están siendo investigados por el Consejo Nacional de Administración y Carrera Judicial, por dictar una sentencia mediante que ordenó la libertad de Álvaro Parrales Gago, Noel Rugama Mora y Juan Francisco Hernández, sobre los que pesaba una condena de diez años de prisión.
Los tres supuestamente participaron en el trasiego de la droga. La firma de Loza no aparece en el informe.
Este operativo policial ha sido considerado uno de los “quiebres” más grandes al narcotráfico.
El informe suscrito por los funcionarios investigados, señala que en el juicio inicialmente fueron procesadas cinco personas, pero la juez que tramitó el caso declaró no culpables a dos de ellos del delito de transporte interno de drogas.
La sentencia en cuestión fue dictada el 13 de diciembre de 2006 y fueron declarados no culpables Walter Arias y José de Cruz Selva, pero declaró culpables al resto de imputados, los que apelaron el 24 de enero de 2007.
El 20 de marzo pasado, los magistrados de la Sala Penal Uno realizaron una audiencia de este caso y según señala el informe, previo a la realización de dicha audiencia, cada magistrado, solicitó el expediente para estudiarlo y conocer sobre lo que se iba a debatir en el transcurso de la audiencia.
Continuando el procedimiento, los magistrados debatieron sobre si era procedente el recurso de apelaciones y por decisión mayoritaria consideraron que los argumentos eran suficientes para dictar una sentencia a su favor.
Una vez debatido el caso se designó al magistrado Loza, de acuerdo a un orden cronológico que llevan en la Secretaría, para elaborar un proyecto de sentencia.
Los implicados señalaron que después de escuchar los alegatos de las partes, descubrieron inconsistencias en el sustento de la sentencia condenatoria dictada por la juez de primera instancia, por lo que consideraron importante realizar una valoración individual y de conjunto del caso.
“Se elaboró un listado de inconsistencias, que fue objeto de debate en las reuniones de estudio del caso, concluyendo a criterio unánime que había suficientes elementos para declara con lugar el recurso de apelación interpuesto, pues las inconsistencias encontradas en este proceso nos sirvieron de insumos para resolver”, cita el documento al que LA PRENSA tuvo acceso.
Una vez que Loza elaboró el proyecto de sentencia, fue aprobado por todos los miembros de la Sala Penal Uno y remitido a Secretaría para que ésta se encargara de hacer una copia oficial más otros trámites de ley.
“Inconsistencias”
Los magistrados, en un intento por convencer a la Corte de que su decisión fue la más acertada, atacaron la sentencia de la juez Tercero de Distrito Penal de Juicio .
“La juez tiene como demostrado que, en lo que se refiere a los cinco imputados, todos son partícipes en la acción, pero absuelve a dos, lo cual es contradictorio, ya que si está demostrado según la juez la participación de los cinco, no debió haber exonerado de responsabilidad penal a Walter Arias y José de la Cruz Selva”, expusieron.
Otro aspecto señalado es que no existe señalamiento en concreto de parte de los testigos de cargo que relacione la participación individual de los tres condenados.
“(Por esa razón) este tribunal concluyó que no hay prueba testifical de cargo u otro medio de prueba en contra de los imputados”, refiere el informe.
También hicieron referencia a la participación de agentes policiales como testigos que, a juicio de los magistrados incurrieron en contradicciones.
Para sustentar este argumento citaron la declaración de un testigo policial quien dijo que se dirigía al lugar donde ocurrió el operativo porque había una información relacionada a drogas, producto del trabajo de inteligencia, por lo cual le venían dando seguimiento al caso.
Pero también refirieron la deposición de otro agente que narró otra situación e indicó que se dirigían al lugar en virtud de una llamada telefónica solicitando el auxilio policial por una riña de familia.
“Ninguno de los testigos como medio de prueba señala concretamente en actividades de traslado de la droga a ninguno de los imputados, por cuanto los mismos fueron capturados en sus respectivas casas de habitación”, refiere el documento.
La acusación de la Fiscalía revela que el día del operativo policial hubo un intercambio de disparos. Este hecho también fue cuestionado por los magistrados.
Los magistrados también objetaron que la investigación no se extendió a los dueños de los vehículos involucrados.