El Tribunal de Apelaciones de Granada admitió el recurso de casación presentado por el Ministerio Público, a través del cual rechaza la sentencia que redujo la pena de cárcel a dos ciudadanos condenados por transportar droga, resolución que se tomó al considerar que éstos no son autores del delito, sino cómplices.
El 11 de julio de 2005, la juez de Distrito de Juicio de Rivas, Ivett Toruño, sentenció a 12 años de prisión a los ciudadanos Daniel Antonio Téllez, Octavio Santiago Carrión, Oscar Mercedes González, Evaristo Jarquín Chavarría (considerado uno de los cabecillas de la operación), el hondureño José Andrés Molina García, Róger Castillo Argeñal y Elvin Jarquín Chavarría, por transportar 130 kilos de cocaína.
Adicionalmente a Róger Castillo Argeñal y Elvin Jarquín Chavarría se les sentenció a dos años más de prisión por portación y uso ilegal de armas de fuego.
La sentencia judicial fue apelada y luego aceptada por el Tribunal de Apelaciones de Granada que resolvió reducir la pena de 12 a 10 años de prisión a cinco de los condenados: Daniel Antonio Téllez, Octavio Santiago Carrión, Oscar Mercedes González Álvarez, Elvin Antonio Jarquín Chavarría y Róger Antonio Castillo Argeñal.
También a Róger Antonio Castillo Argeñal y Elvin Antonio Jarquín Chavarría se les suprimió la pena de dos años de prisión.