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El Presidente no debe mantenerse en el error
Eduardo Chamorro Coronel
El autor es diputado por la ALN a la Asamblea Nacional

Si la Ley de Probidad es un obstáculo para los intereses administrativos o políticos del presidente Ortega, que trate de modificarlas a través de los medios disponibles a su alcance, antes que quebrantarla

“En todos los poderes del Estado y sus dependencias, así como en las instituciones creadas en esta Constitución, no se podrán hacer recaer nombramientos en personas que tengan parentesco cercano con la autoridad que hace el nombramiento y, en su caso con la persona de donde hubiera emanado esta autoridad”, señala el Arto. 130 Cn. Son inhábiles, dice el artículo 11 de nuestra Ley de Probidad, para el ejercicio de la función pública: el cónyuge o acompañante en unión de hecho estable, los parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y hasta el segundo de afinidad del servidor público que hace el nombramiento o contratación o de la persona de donde hubiere emanado esta autoridad.

Y para que no existan dudas, la Ley de Probidad define claramente en qué consiste la función pública: “Toda actividad, sea de forma temporal o permanente, remunerada u honoraria realizada por una persona en nombre del Estado o al servicio del Estado o de sus entidades y en cualquier nivel jerárquico de la administración pública”.

En su primer día de gobierno, el señor Presidente ignoró el espíritu y letra de nuestra Constitución (Art. 130) y Ley de Probidad (Art. 11), al emitir decreto presidencial nombrando a la Primera Dama de la República, en donde “encarga a la compañera Rosario Murillo Zambrano, la coordinación del Consejo de Comunicaciones y Ciudadanía como delegada de la Presidencia de la República”.

Muchos comprendemos el celo del presidente Ortega por llevar a la función pública las personas más capacitadas, idóneas y que gocen de su absoluta confianza, pero la ley es muy clara en cuanto a las inhabilidades, es decir, señala, a quienes están descalificados para el ejercicio de cualquier función pública; el cónyuge y parientes del servidor público quien hace el nombramiento. Recordemos que estas leyes nacen de la eterna lucha contra el nepotismo, pertinaz forma de corrupción pública. Y el Presidente por elección popular es el primer ciudadano de la República como también el primer obligado a cumplirlas.

Errar es humano, asesorías acomodaticias al poder son frecuentes, pero mantenerse en el error es otra cosa. Si la presente Ley de Probidad es un obstáculo para los intereses administrativos o políticos del presidente Ortega, que trate de modificarlas a través de los medios disponibles a su alcance, antes que quebrantarla, lo cual prontamente se convierte en un hábito antidemocrático del cual no hay retroceso.

Todos, desde diversas perspectivas, estamos construyendo una república para todos, pero una república se cimenta sobre el Estado de Derecho, en donde no hay nadie por encima de la ley, en donde todos somos iguales ante la ley, en donde las leyes tienen más poder que los hombres, pues un país es esclavo, cuando los hombres tienen más poder que las leyes.

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