Managua
07:36 pm
24.01.07
Regístrese gratis aquí  |  Administre su perfil de usuario  |   
Portada
Última Hora
Política
Nacionales
Economía
Campo & Agro
Regionales
Editorial
Deportes
Sucesos
Internacionales
Opinión
Revista
Vida Social
Cartas al Director
Caricaturas
Agenda de Eventos
Eventos Empresariales
Tecnología
Religión y Fe
Mosaico
Entrevista
Enfoque
Hablemos del Idioma
Noticias >> Nacionales
Código benefició a Octavio Bravo
Elízabeth Romero
nacionales@laprensa.com.ni

Las sospechas de la acción penal recaídas hace más de 12 años en contra de Octavio de Jesús Bravo Miranda, por el asesinato del empresario Leopoldo Serrano Gutiérrez, pudieron haber prescrito según el Código Penal vigente en el país.

Aún no existe una versión oficial de parte de la Policía Nacional, en torno a las investigaciones sobre el crimen del empresario Leopoldo Serrano Gutiérrez ocurrido el 20 de octubre de 1993. Pero ex jefes policiales que participaron en las investigaciones afirmaron que el caso tuvo “un cierre operativo”, esto significa que se podría reabrir de encontrar un elemento nuevo en las pesquisas.

No obstante, la Secretaria Ejecutiva del Ministerio Público, doctora Delia Rosales, considera que ya el caso prescribió.

“Si nunca hubo una acusación entonces opera la prescripción, es decir que ya el Estado no puede perseguir a esta persona por ese delito aunque tuviese los elementos”, señaló la funcionaria.

Rosales sostuvo que el artículo 115 del Código Penal establece que una de las causas por las cuales la acción penal prescribe es “por delitos que merezcan presidio, a los 12 años”, uno de estos casos puede ser el delito de asesinato.

Y agrega el mencionado artículo: “Por los delitos en que el Ministerio Público tiene obligación de acusar o en que deba procederse de oficio, a los cinco años. Por los demás delitos en que el Ministerio Público no interviniere o no deba procederse de oficio, a los dos años (…)”.

Rosales explicó que el delito de asesinato merece una pena de ocho a treinta años, por lo que estima “ya no hay más que hacer”.

Bravo Miranda, quien fue responsable de la técnica canina en el Ejército, solicitó su baja en enero de 1989, según los archivos de esa institución castrense.

Nunca fue retenido como sospechoso de estar vinculado al crimen de Serrano, debido a que según las fuentes, casi de inmediato de sucedido el hecho sangriento éste desapareció.

Según las fuentes policiales, las sospechas recayeron en Bravo Miranda debido a que él le administraba una finca a Serrano, la que estaba ubicada en Río San Juan. Antes de su asesinato, Serrano presuntamente se había dado cuenta de que el ganado había desaparecido.

Noticias Servicios Suplementos Especiales Publicidad Enlaces
Mapa del Sitio Nicas en el Exterior Contactos Ayuda
©LA PRENSA 2009 Aviso legal Política de privacidad Consultas y Sugerencias
Manual de Estilo de LA PRENSA
Fotorreportajes
Sucesos del 2006: Nicaragua
Búsqueda