La Ley General de Educación benefició a los colegios privados religiosos que tenían problemas legales con los terrenos donde estaban ubicados.
El artículo 55 de la Ley General de Educación establece: “Las instalaciones de los Centros Privados Religiosos de Educación y sus respectivos predios destinados, exclusivamente al servicio de la educación, que tuvieren problemas legales con personas particulares serán traspasados a Título Gratuito a favor de los respectivos Centros Privados Religiosos, libre de toda contribución fiscal y municipal”.
De acuerdo a Orlando Mayorga, quien presidía la Comisión de Educación, este artículo se incluye porque algunos colegios manifestaron el problema con la legalidad de los terrenos.
La Ley General de Educación añade que “El Estado subsanará a los particulares afectados. Esta medida también se aplicará cuando los terrenos sean de la propiedad del Estado o de las municipalidades”.
“Si hay colegios privados que no son religiosos y están demandando la propiedad no tiene que ver nada porque es posible que estén ahí por asunto de contrato. Pero si son colegios religiosos que por muchos años tienen la posesión, lo que tienen que hacer es solicitarle al Estado la indemnización del valor real de la propiedad”, detalló Mayorga.
Sobre si es del presupuesto del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes (MECD) o del Presupuesto General de la República, Mayorga indicó que es el Gobierno Central quien debe hacer la indemnización.
De acuerdo a Mayorga, son pocos los colegios religiosos privados que se encuentran en este problema.
“Hay colegios privados que no son de tinte religioso y hay colegios religiosos. Los colegios religiosos son a los que hace referencia la Ley”, explicó Mayorga.
Sobre la razón de incluir esta ley indicó que “es una norma que se hizo para beneficiar a estos colegios que son públicos”, porque hacen una labor al trabajar por la educación.
Por su parte José Antonio Zepeda, secretario general de la Asociación Nacional de Educadores de Nicaragua (ANDEN), indicó que se debería derogar este artículo con una segunda reforma a la Ley General de Educación.
“Ese artículo tiene que revisarse porque no se puede dar prioridad a los colegios privados por sobre los problemas que tenemos con las escuelas estatales”, afirmó Zepeda.
Manifestó que hay cerca de dos mil escuelas públicas que están ilegales y que es a estas a las que se les tiene que dar prioridad.
Indicó que hay que hacer una revisión exhaustiva de la Ley General de Educación para revisar qué otros artículos podrían reformarse para mejorar la Ley.
Señaló que con la Ley General de Educación el MECD deberá regular a los colegios privados.