Si la sentencia de los magistrados de Granada en el caso Volz está apegada a derecho en materia penal, la Corte Suprema de Justicia no tiene más que confirmarla y expresarla así en la Sentencia de Casación.
Por el contrario, si del análisis de la sentencia de este Alto Tribunal encuentra que los vistos resultas, los considerandos son incoherentes, incongruentes, sin relación entre los mismos considerandos, debería confrontarse esa sentencia con la juez que dictó la sentencia en primera instancia y si se encontrare mérito para revocar la sentencia, no solamente debería quedar ahí, sino que debería procederse a la destitución de los magistrados.
La autonomía de los Tribunales no llega hasta fallar en contra de derecho, por el contrario, sus análisis deben hacerlo en el fondo y en la forma en busca de la justicia de la víctima y del supuesto victimario.
Los medios de comunicación y la opinión pública nacional ya hicieron su parte, era un planteamiento ético, si la ética fue superada o apartada corresponde al derecho llenar los vacíos sin apartarse de la justicia.
A la Corte Suprema de Justicia le corresponde restaurar la dignidad del Poder Judicial, restaurar la justicia en Nicaragua dentro de los marcos legales que le permite la Constitución y las Leyes, restaurar la confianza de la ciudadanía de que el Poder Judicial es una garantía de los que no tienen voz, de los que injustamente han sido asesinados como el caso de la joven de Rivas, Doris Ivania Jiménez Alvarado.
Frente a los comentarios que se hacen que de nada sirve la Sentencia de Casación; significa aceptar la ignominia, la degradación moral en que hemos caído, el justificar las esferas de influencia, si hubo dinero de por medio, este lenguaje no es más que humillar a los familiares de las víctimas.
Cada hecho que llega a los Tribunales de Justicia se torna en un escándalo, pero no vemos los aspectos positivos a veces contradictorios, ejemplo: en que una sentencia en Rivas de treinta años, en Granada se torna en nada y la nada no produce nada; algunos esperaron la reducción de la sentencia, otros esperaban que se mandaría a revisar las cuestiones de forma, la verdad es que en el expediente están las pruebas testificales, la inspección ocular, el dictamen médico legal, los elementos de convicción, las opiniones de las partes, la posición de la Fiscalía y un juzgado que actuó conforme a los parámetros y las pruebas que tuvo en su mano.
Corresponde a la Corte Suprema de Justicia aclarar cuál de los juzgadores tenía la razón, Rivas o Granada, los nicaragüenses tenemos derecho a que se nos enseñe la transparencia y la justicia.