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Juez Mario Velásquez G. (LA PRENSA/ EDUARDO MARTÍNEZ)
Particular se queda con bien de Enabas
Ex juez de Río Blanco le adjudicó dos manzanas y media de tierra, silos, bodega y otras cosas
Carlos Martínez Morán
nacionales@laprensa.com.ni
Equivocación

Pedro Gonzalo Méndez Valle indicó que la abogada Martha Sandino Canda presentó algunos documentos, oponiéndose a la decisión judicial, pero que su intervención no progresó, porque los linderos de la propiedad de Enabas que dijo defender no coincidían con los de la propiedad que se discutía en el juicio.

“Ella me metió una demanda, pero los linderos de la propiedad que ella estaba defendiendo no coinciden con los linderos que yo tengo. Los linderos que presentó ella son de una propiedad que se encuentra en Matiguás y no en Río Blanco”, expresó Méndez.

Méndez Valle dijo que Enabas le entregó únicamente el terreno y que si la empresa quiere llevarse todo lo que hay dentro, perfectamente lo puede hacer.

El juez Mario Alejandro Velásquez Guevara adjudicó una propiedad de la Empresa Nicaragüense de Alimentos Básicos (Enabas) a un particular que alegó sobre este bien, derechos de posesión que supuestamente datan de unos 30 años, en el municipio Río Blanco.

La propiedad está conformada por un lote de terrenos urbanos de dos manzanas y media de extensión, varios silos, una bodega, entre otra infraestructura en desuso, que en la década de los ochenta sirvieron como centro de acopio del Gobierno central.

Poco tiempo después de la sentencia de adjudicación, el juez Velásquez Guevara que estaba en Río Blanco fue cambiado de esa jurisdicción, por decisión de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), y actualmente imparte justicia en Matagalpa.

La propiedad en mención se la adjudicó al ciudadano Pedro Gonzalo Méndez Valle, vigilante del Juzgado de Río Blanco, quien de acuerdo a documentos en poder de LA PRENSA, en junio de 2006 compareció ante el juez Velásquez Guevara para demandar en la vía ordinaria verbal con acción de prescripción adquisitiva extraordinaria a un ciudadano que identificó como Marcos Antonio Hernández Rugama.

El terreno se encuentra en la cima de una colina, de la estación de Policía de Río Blanco dos cuadras al norte y tiene como lindero Norte a Teodoro Méndez y al Sur a Genoveva Zeledón con una calle de por medio. En el costado Este tiene como lindero una propiedad de Maritza Mairena y por el Oeste a Otilio Ruiz.

Preguntado sobre el tema, Méndez Valle aseguró que demandó por la vía civil a Hernández Rugama para sacarlo de la propiedad, en vista de que éste le quería meter a un grupo de gente desconocida.

Dijo que esa propiedad pertenecía a Enabas pero que esa empresa decidió entregársela mediante una carta que le envió el 17 de enero de 1997.

La misma fue extendida supuestamente por el delegado regional de la empresa, a quien identificó como Pablo Valle.

En la misiva el funcionario le dice que concede a Pedro Méndez Valle los derechos de posesión sobre la propiedad de Enabas, en vista de que el papá de éste, (Dionisio Méndez Artola) la habitó por más de 30 años.

Además, le manifiesta que “le deja el derecho de que haga cualquier gestión con el objetivo de legalizar dicho derecho y que así lo ha determinado la empresa Enabas”.

Este documento fue autenticado tres años después, en el 2000, por un supuesto abogado y notario de nombre de Eliodoro Peña Miranda, pero llama la atención que en la fe notarial el supuesto notario dice estar debidamente autorizado por la Corte Suprema de Justicia (CSJ) para ejercer el notariado durante un quinquenio que expira en el 2011.

Un quinquenio son cinco años, y si esta persona realizó la autenticación en el 2000, cómo es que fue autorizado para ejercer la fe notarial en un quinquenio que finaliza en el 2011.

DEMANDA NO PROCEDE

Sin embargo, Méndez Valle dijo que esa carta es válida y en base a la decisión del juez Velásquez Guevara procedió a inscribir a su nombre el terreno de dos manzanas y media, en el Registro de la Propiedad de Matagalpa.

“Cuando el juez me entregó la sentencia en la cual me adjudicaba la propiedad, yo me fui al Registro y la inscribí a mi nombre. Ahora esta propiedad me pertenece, porque la empresa Enabas me la entregó a través de esa carta”, dijo.

Guevara le adjudicó la propiedad a Méndez Valle mediante una sentencia que dictó el pasado 22 de junio de 2006.

PGR DEBE INVESTIGAR

El ex subprocurador Víctor Manuel Talavera consideró que en este caso la Procuraduría General de la República (PGR) ya debería estar pidiendo la nulidad de esa sentencia, porque los bienes de Enabas pertenecen al Estado y como tal son inembargables, no pueden ser sujeto de venta o de entrega bajo la figura ordinaria verbal con acción de prescripción adquisitiva extraordinaria.

Señaló que en este caso no tiene ningún valor legal la carta que asegura Méndez Valle que recibió de Enabas, donde le otorgan derechos de posesión.

“Entonces, cualquier persona podría llegar al Palacio Nacional, a la Presidencia o a cualquier institución del Estado, a posesionarse de esos lugares, alegando derechos de posesión”, dijo.

Explicó que ese tipo de juicios sólo caben entre particulares.

NOVOA EXPLICA PROCEDIMIENTO

El doctor Alberto Novoa, ex titular de la Procuraduría General de la República (PGR), coincidió con lo expresado por el doctor Talavera y además señaló que cuando el Estado decide entregar un bien, lo realiza a través de la PGR bajo un procedimiento ya establecido.

Explicó que cuando se trata de donaciones o entrega de bienes del Estado con un valor que sobrepase los 200 mil córdobas, estas donaciones sólo se pueden realizar con aprobación de la Asamblea Nacional.

“Ningún funcionario público tiene facultades para dar en posesión un bien del Estado”, expresó Novoa.

JUEZ SE AFERRA A SU SENTENCIA

Por su parte, el juez Velásquez Guevara dijo que no ha adjudicado ninguna propiedad del Estado a ninguna persona en particular.

Indicó que hasta donde conoció del caso, la demanda que presentó el señor Méndez Valle fue por la vía ordinaria verbal con acción de prescripción adquisitiva extraordinaria, pero de un terreno que no tiene nada que ver con ninguna propiedad del Estado de Nicaragua.

Según el judicial, su actuación fue en base a lo que establece la Ley Orgánica del Poder Judicial.

“Se citó a las partes al trámite de mediación. El demandado acepta que el señor ha estado en posesión de la referida propiedad”, detalló el juez.

Al ser preguntado de por qué adjudicó un bien que pertenece a Enabas o al Estado, respondió que sus actuaciones se limitaron a darle trámite a la demanda que se presentó y dictar sentencia en base al allanamiento que la parte demandada hizo en su momento.

Explicó que en este caso jamás se presentó alguien a alegar que la propiedad en cuestión era del Estado, y que en ese momento no tramitó alguna acción relacionada con un bien del Estado.

Dijo que el terreno ya fue inscrito en el Registro de la Propiedad, lo que para él es un indicativo de que no existía registro alguno sobre ese inmueble o que le pertenecía a otra persona o al Estado.

CANCELACIÓN

“Porque si existiera un bien que tiene un asiento no puede haber otro (...) Todo el mundo sabía que él (Méndez Valle) estaba desde hace muchos años en el terreno de dos manzanas que él demandó”, dijo el judicial.

Aunque el acto de adjudicación parece un hecho ya consumado, el juez Velásquez Guevara expresó que si hay alguien que alega ser dueño de la propiedad en mención, bien puede solicitar la cancelación del asiento registral.

En enero del 2007 la abogada de Enabas, Martha Sandino Canda, se personó en ese Juzgado e introdujo un escrito donde expresó su interés por el caso.

Pidió una copia de los documentos del juicio de la prescripción y ya han pasado siete meses después de ese hecho y no ha presentado ninguna demanda.

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