La auditoría que sobre los Certificados Negociables de Inversión (Ceni) realiza la Contraloría está “partida” en tres informes que recogen tres momentos o etapas distintas.
El vicepresidente de la Contraloría General de la República (CGR), Lino Hernández Trigueros, indicó ayer que existen tres informes sobre las distintas etapas y acciones de los Ceni, como la emisión, liquidación de cartera, renegociación de la deuda interna y subasta de bienes.
Paralelo a esto quedan quince días para que el Consejo Superior de la CGR emita un informe final del caso. “Espero que haya unidad de criterios de acuerdo a lo que se investigó”, sostuvo el contralor Hernández Trigueros.
Los contralores tienen opiniones divididas en cuanto al caso del ex presidente del Banco Central de Nicaragua (BCN), Noel Ramírez, uno de los principales señalados en esta operación jurídica que en el 2005 fue denunciada de nulidad por la misma CGR.
La discusión se centra en la caducidad o no de los actos de Ramírez, durante fue titular cuando se emitieron los certificados en cuestión.
Para el contralor Hernández la Ley Orgánica de la CGR es clara en este aspecto y señala que la institución está limitada de investigar hechos que ocurrieron dentro de cinco años.
“El problema se ha dado en torno a que si la caducidad cubre o no a Noel Ramírez, principalmente, que era el presidente del Banco en el 2000 cuando se emitieron los primeros Ceni. Mi criterio es que la Ley es clara, en el artículo 148 establece que no podemos pronunciarnos sobre hechos, transacciones o circunstancias que se hayan dado después de los cinco años”, sostuvo el Contralor.
Citó además el artículo 149 de la misma Ley, el cual señala que si los contralores fallan “en contra de ley expresa”, serían responsables de una sanción, es decir cometerían delito.
“No se trata de si nos cae bien o mal Noel Ramírez, para mí, sino que los hechos que tienen más de cinco años de haber ocurrido (...) los declaramos caducos, independientemente de cómo nos caiga cualquier persona”, declaró Hernández..
El Contralor recordó que existe una sentencia de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) del 2004, en la cual los magistrados judiciales le mandan a decir a los contralores que no pueden pronunciarse sobre hechos que vayan más allá de los cinco años.
“No se trata de que estemos divergentes, o de mayoría y minoría. No se trata de eso para mí. Simplemente se trata de aplicar o no la Ley”, añadió.
El jueves pasado, el presidente del órgano contralor, Luis Ángel Montenegro, reconoció que hay divergencias a lo interno del Consejo Superior de la CGR sobre este aspecto, pero también señaló que hay un criterio mayoritario para declarar que no opera la caducidad.