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Endurecen sanciones a la narcoactividad
Léster Juárez
nacionales@laprensa.com.ni
Cero rebelión

Los diputados de la Asamblea Nacional decretaron penas de ocho a diez años a los que pretendan impulsar golpe de Estado contra el Presidente de la República, el que intente modificar total o parcialmente la Constitución Política, y a quienes intenten sustituir a cualquier Poder del Estado.

Los diputados resolvieron ayer por unanimidad endurecer las sanciones carcelarias para los delitos vinculados al narcotráfico de drogas, armas, terrorismo y delitos conexos, en el nuevo Código Penal.

Los nuevos artículos incluido en el Código Penal establecen sanciones de entre cinco y siete años de prisión a las personas que formen parte de grupo delictivo organizado para obtener beneficios económicos de cualquier índole. Además incrementará un tercio para los jefes de las bandas y hasta penas superiores a 15 años de prisión.

Asimismo se establecieron sanciones de quince a veinte años de prisión a las personas que se dediquen a actos terroristas; la misma pena aplicarán a los que financien, capten, administren, presten o provean fondos o activos para cualquier acto terrorista.

Los legisladores también gravaron con pena de diez a quince años de prisión a los que priven de su libertad a una o más personas, en carácter de rehén.

También se estableció penas de cuatro a ocho años a los que destruyan cualquier tipo de medios de navegación, sean aéreos, marítimos o terrestres.

Igualmente los diputados aprobaron sanciones para los que cometan delitos concernientes a la portación, venta (o tráfico) o preste armas de fuego y municipios, sin la debida autorización, cuyas penas oscilan entre cuatro y ocho años de prisión.

PENAS POR PISTAS CLANDESTINAS

Esta vez, los legisladores establecieron sanciones carcelarias a las personas que construyan o faciliten pistas de aterrizaje o sitios de atraque para ser utilizados en el transporte de sustancias explosivas, bacteriológicas, químicas, armas de destrucción masiva, entre otras, con prisión de ocho a doce años y de trescientos a setecientos días.

Además se reiteraron los delitos de traición, provocación, proposición y conspiración para cometer traición, o el que indujere a un Estado extranjero a declarar la guerra a Nicaragua, con pena de diez a quince años de prisión.

Asimismo quedaron consignados otros delitos como violación a la inmunidad, violación de secretos de Estado y revelación imprudente de secretos de Estado, con penas diferenciadas, que oscilan entre los seis meses y los ocho años de prisión.

Los legisladores modificaron el delito de infidelidad diplomática, con cinco a ocho años de prisión para los funcionarios del Gobierno que participen en negociaciones bilaterales.

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