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Noticias >> Política
El coordinador del FSLN , Edwin Castro, defendió las penas por el delito de lavado de dinero. (LA PRENSA/M. GARCÍA)
Reformas penales le abren puertas a narcos
Con reducción de penas en lavado de dinero
Ludwin Loáisiga López y Mirna Velásquez
politica@laprensa.com.ni
Cinco años por lavado y tres por robar luz

El nuevo Código Penal que aprueban los diputados reparte entre cinco y siete años de cárcel por lavado de dinero, lo que implica sumas millonarias, pero a la vez otorgan tres años de cárcel por robar luz por un monto de 280 dólares.

El artículo 237 del Código Penal estipula que quienes efectúen conexiones ilegales o alteraciones a los medidores, por sumas iguales o superiores a los 165.15 dólares, irán a prisión por períodos que van de uno a tres años.

El lavado de dinero, que generalmente está relacionado a millonarias sumas, obliga a cinco o siete años de cárcel.

Y los delitos bancarios, reparten entre seis y ocho años de prisión.

Ortega precavido

El presidente Daniel Ortega alegó ayer desconocimiento de la aprobación del artículo 284 del nuevo Código Penal. “Yo no lo he recibido, tengo que recibirlo, tengo que conocerlo, tengo que estudiarlo para poderme pronunciar. Simplemente lo que conozco es lo que se ha venido debatiendo en la Asamblea Nacional. Respeto el trabajo de los diputados”, señaló.

El diputado por el Movimiento Renovador Sandinista (MRS), Enrique Sáenz, continuó ayer sus críticas a las penas de cárcel de entre cinco y siete años para quienes cometan lavado de dinero, al considerar que se “envía una mala señal” al crimen organizado.

Según Sáenz, esas penas hacen de Nicaragua un territorio todavía más “apetitoso” para el crimen internacional.

Sin embargo, el coordinador de la bancada del Frente Sandinista de Liberación Nacional (FSLN), Edwin Castro Rivera, defendió los artículos de lavado de dinero en el Código Penal, al decir que las condenas son de hasta veinte años.

El jueves, una mayoría de diputados del FSLN y Partido Liberal Constitucionalista (PLC), dejaron establecido que el lavado de dinero provoca entre cinco y siete años de cárcel y sus causas agravantes entre siete y 15 años.

Sáenz consideró muy bajas esas condenas, además de que reafirmó que no hay una institucionalidad fuerte para encarar a los narcotraficantes.

“Haber disminuido las penas y colocarse por debajo de los estándares internacionales envía una señal precisamente a esos actores que amenazan la institucionalidad, la estabilidad e incluso la vida de las personas en Nicaragua”, dijo Sáenz.

Las bancadas del MRS y la Alianza Liberal Nicaragüense (ALN) propusieron cárcel de entre cinco y 12 años a quienes cometan lavado de dinero. La moción fracasó.

“La moción que fue aprobada es de cinco a siete años (de prisión), nosotros propusimos de cinco a 12 años y cuando estuviera agravado por estar vinculado al tráfico de estupefacientes, sicotrópicos, crimen organizado, se elevara hasta 20 años como agravante”, explicó Sáenz.

“SEÑAL NEFASTA”

“Evidentemente eso representa una amenaza, una señal nefasta en las condiciones de Nicaragua”, agregó Sáenz.

Pero Castro consideró que lo aprobado el jueves en el Código Penal hace de la legislación nicaragüense una de las más “rígidas” en lo referido al lavado de dinero y sus causas agravantes.

“Las penas van de cinco hasta veinte años y quedó además claro que si un funcionario público lava dinero para beneficiar a un partido político o una actividad política, la pena va hasta de veinte años”, mencionó Castro.

El artículo 285 del nuevo Código Penal establece que cuando el lavado de dinero “se vincule o derive de delitos relacionados con estupefacientes, sicotrópicos y otras sustancias controladas, o de otros delitos que hayan sido realizados por miembros de grupos delictivos, organizados o bandas nacionales o internacionales, se impondrán multas de tres a seis veces del valor del dinero, bienes o activos de que se trate y prisión de siete a quince años e inhabilitación para el mismo período al ejercer la profesión, cargo u oficio”.

RECETA VEINTE AÑOS

Castro sostuvo que Alemán estará con una condena de veinte años sobre sus hombros, por cometer delito de lavado de dinero mientras ejercía un cargo público.

El artículo 285 del Código Penal señala que las penas son de siete a 15 años de prisión para el que “a sabiendas, o debiendo saber, reciba o utilice dinero, bienes o activos o cualquier recurso financiero, procedente de cualquier acto ilícito, previsto en el artículo anterior, para el financiamiento de actividades políticas”.

La pena se podría incrementar “hasta” en un tercio para los empleados públicos.

El propio Sáenz no descartó que al momento de realizarse tales juicios surjan interpretaciones “antojadizas” de las leyes, tomando en cuenta que Alemán es un reo condenado a veinte años de prisión, que alega ser valetudinario.

MAGISTRADO CONTENTO

“Yo creo que lo que se hizo es importante porque se dejó claro que el delito de lavado ya no sólo va a estar vinculado al narcotráfico, que era el debate viejo en la Corte y ahora el lavado también es para actuaciones que tengan que ver con cantidades de dinero relativamente grandes y que las personas no puedan explicar de dónde provienen esos fondos, independientemente que haya tenido o no ningún tipo de actividad con el narcotráfico”, expresó el magistrado Rafael Solís, miembro de la Sala Penal de la CSJ.

Añadió que la condena de Alemán sumó 20 años por lavado de dinero y otros delitos, pero será una decisión del Tribunal de Apelaciones cómo va a interpretar este aspecto, una vez que la defensa lo alegue.

(Con la colaboración de Léster Juárez)

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