El parlamento terminó de aprobar el Código de Procedimiento Penal Militar, que deja a los oficiales bajo doble jurisdicción: la civil y la militar.
Además, la ley creó la Policía Militar, Tribunales Militares y Fiscalía Militar, ante quienes deberán responder por sus faltas los miembros del Ejército de Nicaragua, cuando éstas estén relacionadas con su profesión.
“Tenemos doble jurisdicción: la jurisdicción a la que están sometidos todos los ciudadanos del país (civil), más la jurisdicción militar”, explicó el general César Largaespada, Auditor General del Ejército de Nicaragua.
El militar agregó que para el mes de julio podrían estar funcionando los nuevos Tribunales Militares y Fiscalía Militar.
La Fiscalía Militar, cuando tenga noticia por cualquier medio de un hecho que constituya delito o falta penal militar, promoverá y ejercerá la acción penal, estipula el artículo 62 de la ley.
Mientras, se especificó que la Policía Militar es un órgano especializado en materia de auxilio judicial, de prevención e investigación de delitos y faltas penales militares.
Además, la Policía Militar será auxiliar de la Fiscalía Militar, “para llevar a cabo el procedimiento preparatorio y actuarán siempre bajo sus órdenes en la investigación, sin perjuicio de la autoridad jerárquica a la cual estén sometidos”, señala el artículo 88 de la ley.