En abril de 1988, la compañía Productos Tropicales S.A. adquirió de la empresa Desarrollos Altacor S.A. una propiedad de 30 manzanas de tierras ubicadas en el kilómetro 23.5 de la Carretera Norte, en el municipio de Tipitapa.
Quince años más tarde, en el 2003, la propiedad fue reclamada por un grupo de personas que impulsaron un juicio de prescripción extraordinaria, alegando que ellos tenían 30 años de poseer las tierras.
En el lugar no existe vestigio de que haya habido alguna vez algún habitante.
Pero el juez de Distrito Civil de Tipitapa, Roberto Martín Gómez, tramitó el juicio y les concedió una sentencia en la que les otorgó el dominio de la propiedad.
Una vez que obtuvieron el título de propiedad, mediante la sentencia judicial, los demandantes otorgaron un poder generalísimo a favor de Francisco Ríos, un supuesto líder comunal de Tipitapa.
Ríos vendió el inmueble a un ciudadano de origen coreano de nombre Won San Seo, quien levantó unas bodegas que ocupa para la venta de repuestos de vehículos coreanos.
LA PRENSA intentó localizar a Francisco Ríos para conocer su versión, pero no fue posible ubicarlo.
Compra de buena fe
“Él compró de buena fe. Todo estaba conforme a derecho. Hubo demanda, una sentencia y la adjudicación de la tierra por prescripción en el dominio del inmueble”, alegó el abogado del coreano Henry Sandoval.
“La ley es clara, si una tierra está desocupada y llegan a ocuparla otros y en 30 años nadie reclama, se inicia ese juicio de prescripción extraordinaria para que te otorgue el dominio y eso es lo que pasó, al menos eso es lo que dice la sentencia”, agregó Sandoval.
reclamantes ficticios
Los demandantes eran Eulogio Ramiro Miranda Somarriba, con residencia en Managua, en la Colonia 10 de Junio, de la iglesia Don Bosco ocho cuadras al Norte, media cuadra al Este.
Así como Hernán Salvador Ortega Sacasa, residente en el kilómetro 29 de la Carretera Vieja León, en la Comarca Los Cedros.
Otra reclamante era Judith de la Concepción Reyes Balmaceda, residente en Managua, del portón principal de la UNAN-Managua, 1 cuadra al Sur, dos al Este.
Además Juan Ramón Ramírez Urbina, con residencia en el caserío El Destino, Matagalpa, y Carlos Alberto Sánchez residente de la ciudad de Managua.
Durante el juicio estas personas dijeron habitar en el kilómetro 24 de la Carretera Norte, pero ahora allí no hay nadie y ninguna persona los conoce.
Incluso los testigos que declararon en el juicio contra la compañía Productos Tropicales ahora dicen que ellos no los conocían.
Es el caso de Pablo Emilio Pérez, quien al ser consultado por LA PRENSA sobre si conocía a las persona que reclamaron las tierras, dijo que “sólo de pasada los conozco, pero ubicación no sé”. Además dijo que “lo que yo dije es que esas tierras estaban ociosas desde hace 30 años, no que allí vivía alguien”.
“Yo testifiqué que las tierras estaban ociosas. No dije que ellos vivían allí. Eso se lo agregaron porque no puedo decir algo que no es verdad”, agregó Pérez.
Asimismo LA PRENSA descubrió que los otros tres testigos que se presentaron en el juicio residen en la misma casa, pese a que cuando fueron propuestos como tal dieron tres direcciones distintas.
Estas tres personas son Maribel de los Ángeles Rodríguez, Rolando José Navarrete Rodríguez y Concepción de María Cruz, a todas se le buscó en Tipitapa y ninguna pudo ser localizada.
Sin embargo, Rodríguez dejó una nota escrita a puño y letra que decía: “Por favor llamar a mi abogado no tengo nada que platicar con nadie al que quiere saber. Llame a este número 8731582”.
Nos comunicamos con ese número y nos respondió un abogado que no se identificó, pero confirmó que Rodríguez era su cliente, pero dijo que él estaba en Chinandega y que regresaba hasta el sábado pasado.
Falsa demanda
Sin embargo, el juicio parece haber estado plagado de falsedades que no fueron advertidas en su momento porque el representante legal de Productos Tropicales, Cristhian Barbier Huet, no se presentó a juicio, pese a que fue notificado por edictos publicados en un diario local.
Entre las falsedades que hoy se descubren está el hecho que ninguno de los demandantes tenía residencia en Tipitapa, según los datos del Consejo Supremo Electoral (CSE) y menos en las tierras que alegaron poseer desde hacía 30 años.
Denis Francisco Solano Obando, abogado de la sociedad Productos Tropicales, dijo a LA PRENSA que ese fue un “mecanismo jurídico” que encontraron para “piñatearse” (robarse) la propiedad.
Agregó que las personas que demandaron en el juicio eran demandantes ficticios y que sólo impulsaron la causa para que luego se vendiera el inmueble.
Abogado desaparecido
Desde hace dos semanas LA PRENSA ha intentado localizar al abogado Juan Everardo Estrada Sánchez, quien representó a las personas que impulsaron el juicio de prescripción extraordinaria, si embargo ha sido imposible hablar con él.
Se le buscó en el Reparto Sócrates Sandino en la casa número F-166, que corresponde a la dirección que tiene registrada en la Corte Suprema de Justicia (CSJ), pero allí dijeron que no lo conocían.
También llamamos a Telica a la casa de su hermana donde nos contestó su papá y dijo que su hijo trabajaba en Tipitapa.
Además lo buscamos en Tipitapa, de los Juzgado media cuadra al Este en las oficinas de la doctora Gertrudis Carmen Aguilar Flores, donde había señalado lugar para oír notificaciones en el juicio de prescripción ordinaria, pero allí tampoco está.
Aguilar dijo a LA PRENSA que “últimamente no le he visto y como son tantos los colegas que dejan allí lugar para oír notificaciones, el fin de semana voy a buscar en los archivos para ver si allí tengo algún teléfono o dirección y ver en qué les puedo ayudar”.
Plagado de nulidades
El juicio estuvo plagado de nulidades procesales y artimañas legales que ahora están saliendo a luz pública.
Uno de esos errores procesales es el hecho de que la Procuraduría General de la República (PGR) no tiene evidencias de que se haya emitido dictamen para el nombramiento de un guardador ad litem (representante del demandado por ausencia del mismo después de haber sido notificado por edicto publicado en un diario local).
Según el Código de Procedimiento Civil de Nicaragua, cuando el juez admita la solicitud de nombramiento de guardador, deberá dar noticia al Ministerio Público (en este caso se debe notificar a la Procuraduría).
Sin embargo, en la sentencia que emitió el juez Roberto Marín Gómez, concediendo la propiedad a los demandantes, se afirma que se nombró como guardador ad litem a Luis Rodolfo Obedon Mena Solís.
En ese sentido el Secretario Ejecutivo de la PGR, José Antonio Bolaños Tercero, emitió el pasado 6 de marzo una constancia en la que señala “que en los archivos de la Procuraduría Específica Civil no existe expediente ni evidencia de que se haya emitido dictamen para el nombramiento de guardador ad litem en expediente No. 456/04 con Acción de Prescripción Extraordinaria que se tramitó ante el Juzgado Civil de Distrito de Tipitapa”, según la constancia emitida por la PGR.
“Asimismo, según revisión de archivos de los libros de Acuerdos y Actas de toma de posesión que maneja la Secretaría Ejecutiva de esta institución no se encontró ningún nombramiento a nombre del señor Luis Adolfo Obedon Mena Solís”, agrega el documento.