/
Consideraciones previas a cualquier reforma constitucional
Julio Icaza Gallard
El autor es catedrático de Derecho Constitucional

Si revisamos nuestra agitada historia constitu-cional podremos comprobar que el éxito o fracaso de la empresa constituyente ha dependido, en gran manera, del carácter y propósito de la voluntad política que le ha dado origen. En unos casos, los fracasos han estado determinados por la imposición unilateral de las normas fundamentales, al amparo de una mayoría electoral que se arroga derechos absolutos e irrespeta a la minoría. En otros, por los pactos o componendas entre cúpulas, con objetivos exclusivos de poder. El resultado ha sido constituciones que han degenerado en manto de tiranos o banderas de lucha fratricida.

Los pactos, que tanto repudio han generado a lo largo de nuestra historia, representan acuerdos para el mantenimiento de un modus vivendi, especie de treguas en una tradición que ha hecho de la política la continuación de la guerra por otros medios, en una trágica inversión de la famosa frase de Clausewitz. La estabilidad que proporciona un verdadero consenso constitucional, sin embargo, solamente puede derivar de un acuerdo cuyo objeto y fundamentos sean morales y no de arreglos y acomodos de intereses particulares coyunturales. Una Constitución efectiva y durable solamente puede ser producto de un amplio consenso, reflejo de una concepción política de la justicia compartida por todos y con la que todos nos sintamos comprometidos.

El primer paso para un nuevo y durable consenso constitucional es, entonces, ponernos de acuerdo sobre un criterio o tipo de justicia no dogmático, compatible con una pluralidad de concepciones razonables del bien colectivo. Una concepción de la justicia con estas características solamente puede descansar en aquellos tres pilares fundamentales que son la libertad, la igualdad de derechos y oportunidades y la solidaridad con aquellos en situación más desventajosa. La organización del Estado y la forma de gobierno que mejor responde a este criterio es la liberal social democrática. Por muy imperfecto que sea este sistema, cualquier otro pondría en riesgo la existencia de esa pluralidad de puntos de vista acerca de lo que es mejor para la nación, de que depende la convivencia y la paz.

Nuestra historia constitucional es reveladora, también, del divorcio entre el mundo legal y el mundo real, que ha caracterizado a nuestras sociedades desde el inicio de la empresa colonizadora. Los Virreinatos de América fueron parte de la falsedad de una España imperial colonizada por las potencias de Europa. La sustitución de las disposiciones reales por el pacto local, que las acomodaba a las circunstancias, el “se acata pero no se cumple” se convirtió a partir de la independencia en el constitucionalismo demagógico y belicista que ha determinado el curso de nuestra historia. Paradójicamente, en el altar tantas veces profanado de la legalidad constitucional, se han sacrificado miles y miles de nicaragüenses. Con la adopción falaz de las ideas revolucionarias ilustradas se inicia, en nuestras tierras, el reino de la mentira constitucional; “constitucional” en el doble sentido de la palabra, porque atañe a la norma de derecho fundamental y porque de tanto vivir en ella parece haber invadido la estructura ósea del cuerpo social. Y la mentira, junto al miedo, no es otra cosa que el estigma de la dependencia y la servidumbre. La empresa constitucional, por tanto, debe estar presidida por una doble voluntad, de verdad y de libertad: no puede ser un mecanismo para la perpetuación en el poder de una persona o grupo determinado ni un artificio para la pura y simple dominación, sino un pacto para la libertad, como Rousseau entendía el Contrato Social. De ahí, insistimos, que la empresa constitucional sea no sólo política sino de carácter eminentemente moral.

Esto último toca, también, a la relación necesariamente existente entre las instituciones y las personas encargadas de dirigirlas. Hemos sido pródigos en constituciones: Esgueva registra once, sin contar las non natas, en el breve período de ciento ochenta y cinco años de vida independiente. La actual Constitución, de 1987, ha sufrido numerosas reformas y hoy se argumenta la necesidad de nuevas a fin de hacerla más democrática; pero la calidad de una democracia no depende solamente de los marcos legales sino también de los ciudadanos que la ponen en práctica, del talante de gobernantes y gobernados. Convóquese a los hombres más preclaros y virtuosos a fin de que diseñen la mejor estructura de los poderes y la más efectiva protección de las libertades; consúltese a las múltiples expresiones de la sociedad; dése, en fin, al pueblo soberano la última palabra: la mejor de las constituciones, en manos inescrupulosas e ignorantes, estará condenada al fracaso. Como decía Karl Popper, las instituciones son como las naves, requieren estar bien diseñadas y ser construidas con los mejores materiales, pero igualmente necesitan de buenos tripulantes y buenos capitanes.

El hecho de que estas consideraciones puedan ser calificadas de utópicas únicamente refleja cuán lejos estamos de comprender qué significa realmente una Constitución, como norma normarum, cuya legitimidad no puede derivar sino de la concordancia de sus principios con los de la moral crítica o ética y el sistema de frenos al poder que éstos representan. Explica, además, porqué nuestra historia política está hecha de una abrumadora suma de fracasos.

Más información en www.laprensa.com.ni >>
© LA PRENSA 2005 - Todos los Derechos Reservados