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Las normas para el caos
Eduardo Enríquez

Esta semana el Consejo Supremo Electoral, por fin, emitió su normativa para regular la interposición de recursos y la solicitud de nulidad de las votaciones para las próximas elecciones.

Este documento debería ser vital para que el proceso electoral sea limpio, transparente y sobre todo que respete la voluntad del ciudadano, o como les ha dado por decir ahora “el soberano”, o sea la gente.

Sin embargo es preocupante que esta normativa haga precisamente lo contrario, esta normativa en lugar de garantizar la limpieza de todo el proceso y el respeto al voto ciudadano, lo que hace es garantizar el caos. Aunque caos es básicamente confusión y desorden, estos señores han logrado el “prodigio” de “normarlo”.

Y no se necesita un grueso tomo de normativas o artículos con muchos incisos para normar el caos. Los señores magistrados del Consejo Supremo Electoral lo hicieron con una simple frase.

Ellos establecieron que se puede solicitar nulidad de toda una Junta Receptora de Votos (JRV), entre otras cosas “cuando la documentación electoral se haya alterado o esté incompleta”, como dice la Ley, pero el problema es que ellos interpretan como incompleto que se “... omitan firmas de los miembros de las JRV”.

Los miembros de cada junta, que son tres: presidente, primer miembro y segundo miembro, son puestos por los partidos políticos, los presidentes y el primer miembro son puestos (por ley) por el Partido Liberal Constitucionalista y el Frente Sandinista, mientras el tercer miembro es nombrado por el resto de los partidos.

O sea que lo único que se necesita es que uno de estos partisanos se dé cuenta que su partido perdió en una junta para negarse a firmar y ya, con eso borró de un plumazo 400 votos. La voluntad de 400 ciudadanos.

Cualquiera puede alegar que esto perjudica a todos los partidos por igual pues el tercer miembro, que no es de los partidos del pacto, también puede negarse a firmar, pero la verdad es que al final de cuentas va a ser el Consejo Supremo Electoral —donde tienen mayoría el Frente— el que va a decidir qué acta sin firma está bien fundamentada y cuál no.

A estos señores del Consejo ya los hemos visto actuar con la mayor desfachatez. El caso de Granada durante las elecciones municipales fue prácticamente un ensayo para venir ahora a establecer, vía reglamento, el fraude o el caos, dependiendo de lo que convenga más.

En noviembre del 2004 sólo tomó anular una JRV para darle la victoria al candidato sandinista sobre el de Alianza por la República en Granada. Y la anulación de esa mesa fue de lo más burda, pues aunque todos los miembros y la mayoría de los fiscales tenían su acta con los mismos datos, el fiscal del Frente Sandinista presentó un acta distinta.

El caso llegó al Consejo Electoral Departamental (controlado por el pacto) donde se presentaron más de 16 impugnaciones, pero sólo analizaron la impugnación que convenía al Frente Sandinista.

Luego el caso llegó al CSE donde los magistrados sólo tuvieron que mantener la decisión del CED. Para encontrar mayor descaro hay que ir al Guinness.

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