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La concesión de los campos geotérmicos de San Jacinto Tizate toma fuerza luego de una resolución de la CSJ. ( LA PRENSA/ ARCHIVO)
Corte rechaza amparo de San Jacinto Power
Sala Constitucional deja vigente la denuncia de nulidad de concesión del proyecto geotérmico
Generadora no se declara aludida por la resolución de la CSJ
Mirna Velásquez Sevilla y Moisés Martínez
nacionales@laprensa.com.ni
La resolución de la PGR

La Procuraduría General de la República se encuentra en una posición comprometida ante la resolución de la Corte Suprema de Justicia, sobre la concesión a la empresa San Jacinto Power.

Esta institución ya emitió sus consideraciones jurídicas sobre el contrato de concesión a San Jacinto Power, estableciendo que el proceso fue llevado correctamente.

Esta resolución es antagónica con la establecida por la CGR. La resolución de la Procuraduría fue emitida por Víctor Manuel Talavera, el 26 de abril de 2004.

PGR verá si procede

Aunque la Procuraduría General de la República (PGR) aún no ha sido informada de la resolución de la CSJ, el procurador Alberto Novoa dijo que estudiará el caso, porque en última instancia será el Procurador quien tome la decisión de proceder o no por la vía judicial para la ejecución de la resolución de los contralores.

La concesión del campo geotérmico de San Jacinto Tizate, denunciada de nulidad por la Contraloría General de la República (CGR), regresó a la picota pública luego que la Corte Suprema de Justicia (CSJ) dictara una resolución en la que no dio lugar a un recurso de amparo interpuesto en contra de la decisión del ente fiscalizador.

La sentencia de la Sala Constitucional de la CSJ refiere que la cesión de un contrato de concesión de la explotación del campo geotérmico San Jacinto Tizate, entre las empresas Intergeoterm S.A. y San Jacinto Power S.A, estuvo al margen de la ley al no respetarse el período mínimo de tres años que establece la Ley de Industria Eléctrica.

El Consejo Superior de la Contraloría General de la República (CGR), en marzo del 2004, denunció de nulidad la sesión del contrato que ocurrió en tres meses. La empresa San Jacinto Tizate, hoy llamada Polaris Energy Nicaragua S.A. (Pensa), consideró que se violaron varias disposiciones constitucionales por parte de la CGR, sin embargo los magistrados constitucionales avalaron la resolución.

“ (...) La resolución administrativa (...) (dictada por la CGR) goza de total validez constitucional”, cita la sentencia.

CASO PASA A MANOS DE PGR

Ante la decisión de la CSJ, el Departamento de Relaciones Públicas de Pensa emitió un comunicado que señala que la empresa no se siente aludida por la decisión del principal tribunal judicial del país.

“Entendemos que una de las responsabilidades de la CGR es decir que no se han cumplido los requisitos de forma y por lo tanto lo que puede es multar al Estado, en, este caso a ENEL. Pensa no es del Estado. Y a cuanto facultades se refiere, la CGR no tiene la facultad de declarar ningún contrato nulo. Eso es competencia del Poder Judicial y quien tiene que resolver es la PGR”, refiere el comunicado.

GENERADORA SÓLO DE OCHO MEGAVATIOS

La generación establecida en la concesión es de 66 megavatios, pero la generadora sólo produce actualmente ocho megavatios.

El proyecto, que ha sido objeto de varios cuestionamientos, está vinculado a Erwin Krüger, presidente del Consejo Superior de la Empresa Privada (Cosep).

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