El viernes 13 se cumplen los cinco días que dio el Juez de Distrito Penal de Audiencias de Diriamba, Johnny Andino, a la Fiscalía de Carazo para que corrija algunas inconsistencias que encontró en la acusación contra los seis procesados en el caso del robo al Banco de Finanzas, el pasado 27 de septiembre.
El judicial que suspendió la audiencia inicial este martes luego de cuatro horas de ejecutarse el intercambio de información y pruebas, dijo que reprogramaba la audiencia apegándose a los cinco días de ley para que la Fiscalía redacte mejor los elementos de convicción que tiene contra los acusados.
Esta debilidad de la Fiscalía puede ayudar a que los detenidos queden libres, según algunos entendidos, porque da lugar a que los términos de ley que conlleva un proceso se cumplan a favor de los seis imputados.
Estos son: Javier Antonio López García, Juan Celestino Calderón, Risdell Ulises Jácamo Cárcamo, Oscar Salinas Cárcamo, Rafael Jiménez Casco y Sixto Celestino Calderón Sánchez.
La audiencia inicial contra los cinco detenidos se realizó también con carácter de preliminar sólo para el acusado Rafael Enrique Jiménez Casco, funcionario de la empresa Rent a Car, quien supuestamente facilitó el vehículo que se usó en el asalto, auxiliándose en la falsificación de una firma, el uso ilegal de un boucher y un contrato ilegal. Este señor tiene la medida de arresto domiciliar.
DEFENSORES DICEN QUE LOS INVOLUCRARON
Los abogados defensores de los cinco detenidos alegaron que sus clientes habían sido involucrados en el caso de forma ilegal porque la Fiscalía no presentaba pruebas claras en su contra.
Por su parte Pedro José Sánchez, abogado de Oscar Salinas, pidió libertad para el joven acusado de haber rentado el vehículo en el aeropuerto y luego trasladar al grupo de asaltantes hasta Diriamba, donde se ejecutó el atraco y de donde se llevaron 850,000 córdobas y 4,500 dólares.
Sánchez dijo que su cliente se entregó de forma voluntaria a la Policía a las 11:00 p.m. del 30 de septiembre, pero el expediente fue pasado a manos de la Fiscalía 48 horas después con cinco minutos de retraso, por lo que el Artículo 163 del Código Procesal Penal, (CPP) contempla que está detenido de forma ilegal.