La ley de delitos ambientales necesitará de una reforma antes de entrar en vigencia, de lo contrario, su aplicación podría no dar los resultados esperados.
Bajo ese argumento, el Centro Humboldt anunció ayer que promoverá cambios en la ley de delitos ambientales, para que pueda adaptarse al Código Procesal Penal (CPP) de Nicaragua.
Uno de los principales “vacíos” identificados por el Centro, es que sólo parte de la ley está incluida en el CPP.
Asimismo, hay aspectos generales que podrían convertirse en ambigüedades si la ley no es explícita al momento de ser contrastada con el CPP.
Entre esos están la definición del agua como patrimonio nacional, los delitos ambientales generados por la actividad humana y la gestión de riesgo.
Asimismo, el hecho de que sólo se consideren delito las acciones realizadas con premeditación, alevosía y ventaja (dolo), y no las que se producen por accidentes.
Según Tania Vanegas, oficial del Centro Humbolt, “la propuesta es que el delito se tipifique de la forma más clara y no deje ambigüedades, para evitar la interpretación extensiva de la ley, en donde el juez decide la sanción a su criterio, y que sea incorporada al Código Penal de forma integral”.
A pesar de eso, Vanegas reconoció que la ley “es muy clara”, y hasta recordó el calificativo de “carcelaria”, mientras que el CPP permite que la cárcel sea sustituida por multas por día en algunos casos.
La ley de delitos ambientales entrará en vigencia a partir del 20 de mayo.
Los diputados de la Asamblea Nacional habían aprobado dicha ley seis meses atrás, pero dejaron este tiempo para que todos conocieran que atentar contra el medio ambiente es un delito.
Tania Osejo, Coordinadora de Incidencia Ambiental, del Centro Humboltd, reconoció que tienen poco tiempo para lograr una reforma a la ley, sin embargo, se mostró optimista con la apertura que han tenido en la Asamblea, especialmente porque cuentan con el apoyo de la Comisión Ambiental del parlamento.