La propuesta del referendo
En el informe acerca del estado de la nación que presentó ayer el presidente Enrique Bolaños en la Asamblea Nacional —con más de una semana de retraso debido a los pleitos de los diputados—, se destacó su anuncio de que presentará una iniciativa de referendo sobre las reformas constitucionales que fueron aprobadas el año pasado, las que causaron una de las peores crisis institucionales de todo el largo período de transición democrática de Nicaragua. Además, el Presidente anunció en su discurso de ayer en la Asamblea Nacional, que “ante los acontecimientos que se han presentado en el seno de la Corte Suprema de Justicia y que han sido motivo de escándalos para la sociedad nicaragüense y para los países que cooperan con el nuestro”, presentará una iniciativa de reformas a la Ley de Carrera Judicial que espera encuentre la debida acogida entre las distintas bancadas parlamentarias.
Como es bien sabido, l as reformas constitucionales aprobadas en enero del año pasado, se encuentran suspendidas en virtud de una Ley Marco auspiciada por el Secretario General de la OEA, y deben entrar en vigencia hasta en enero del 2007, después de que asuma el gobierno que resulte electo en las elecciones de noviembre de este año . Sin embargo, sería irresponsable el presidente Enrique Bolaños si le heredase al siguiente gobierno unas reformas constitucionales que de ser aplicadas alterarían el balance democrático de los poderes del Estado. Si estas reformas constitucionales son malas para el gobierno actual, tienen que serlo también para el próximo y los subsiguientes gobiernos. Y en todo caso, deben ser los ciudadanos quienes decidan, por medio del mecanismo democrático de la votación popular, si aceptan o no un cambio sustantivo en el sistema gubernamental del país.
La Constitución Política y la Ley Electoral de Nicaragua establecen con toda claridad los mecanismos de democracia directa —que son el plebiscito y el referendo—, precisamente para usarlos en situaciones en las que deben ser los ciudadanos quienes decidan sobre propuestas de cambios trascendentales en su sistema de gobierno y de vida. Así lo dice el artículo 139 de la Ley Electoral, al definir el plebiscito como “la consulta directa que se hace al pueblo sobre decisiones que dentro de sus facultades dicte el Poder Ejecutivo y cuya trascendencia incida en los intereses fundamentales de la nación”. Y lo precisa para un caso como el de las reformas constitucionales que están actualmente suspendidas, al señalar el artículo 140 de la citada Ley Electoral que el referendo “es el acto de someter directamente ante el pueblo leyes o reformas de carácter ordinario o constitucional, para su ratificación”.
Sin embargo, se equivoca el Presidente de la República y es una falla incomprensible e injustificable de sus asesores políticos y jurídicos, al creer y anunciar que puede presentar ante la Asamblea Nacional una iniciativa de referendo. “La iniciativa de Decreto Legislativo para un referendo —tal como se establece categóricamente en el artículo 142 de la Ley Electoral— corresponde a un tercio de los diputados ante la Asamblea Nacional o directamente al pueblo cuando éste así lo solicite con un número no menor de cincuenta mil firmas”.
En lo que el Presidente de la República tiene iniciativa de ley es para un decreto legislativo de convocatoria al plebiscito, la que también puede presentarla directamente el pueblo con la misma cantidad de cincuenta mil firmas. Pero en el caso de las reformas constitucionales no cabe el plebiscito, pues no se trata de algo que quiere dictar el Poder Ejecutivo, sino de una ley ya aprobada por la Asamblea Nacional y por lo tanto lo que se debe convocar es el referendo para “refrendarlas” o rechazarlas.
Por cierto que aunque los líderes parlamentarios del FSLN se expresaron con virulencia en contra de la propuesta del Presidente de la República, de someter a referendo las reformas constitucionales, no debería haber ninguna dificultad en que un tercio o más de los diputados presenten la correspondiente iniciativa de decreto legislativo. Aseguramos esto porque recientemente el Partido Liberal Constitucionalista, que tiene 40 votos, se pronunció a favor de dicho referendo, de manera que sólo faltaría poner manos a la obra aunque le disguste al Frente Sandinista.

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