MIéRCOLES 18 DE ENERO DEL 2006 / EDICION No. 24056 / ACTUALIZADA 12:45 am





EL HUMOR DE







Código Tributario a paso lento

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. Experto fiscal cree que reforma no resuelve el agudo problema de la equidad en el sistema tributario

 

Luis Núñez Salmerón
nacionales@laprensa.com.ni

Si hay algo en lo que coinciden quienes se oponen a la reforma del nuevo Código Tributario, que aún no entra en vigencia, es que este no es un mecanismo de recaudación sino que es “un mecanismo para aumentar las recaudaciones”.

Alejandro Arauz, consultor de asuntos económicos, lo define “como el principal elemento procedimental para hacer más eficiente la captación de recursos”.

El director general de Ingresos, Róger Arteaga, afirma que se trata de un sistema de tributación justo en el que se pagará lo correcto, “ni una cantidad de más ni una cantidad menos”, considera.

De esta forma queda superado el argumento de que la forma en cómo quedó aprobado el 28 de octubre del 2005 y publicado en La Gaceta el 23 de noviembre de ese mismo año, pone en riesgo las metas de recaudación de este año.

Para el experto en Derecho Fiscal, Julio Francisco Báez, además esta reforma elimina muchos de los aspectos positivos que trae el Código Tributario y que no hace más que consignar principios legales que ya existían como los silencios administrativos, que existen desde hace cinco años y que no han supuesto enormes perjuicios para el fisco.



CRÍTICAS AL FMI

La justificación de la reforma está sustentada, según el experto fiscal Julio Francisco Báez, en un estudio de apenas 20 páginas, elaborado por Diego Romero y Raúl Junqueiro del Fondo Monetario Internacional (FMI), con una serie de conclusiones “atrevidas”, que no resisten un análisis serio y que además no resuelve el agudo problema de la equidad en el sistema tributario.

Recomendaciones que además son rechazadas por el diputado de la bancada del Frente Sandinista, Bayardo Arce, quien adelanta que no la van a respaldar pues no aceptan este tipo de recomendaciones de funcionarios “de tercera categoría del FMI”.

Por su parte Arauz, señala que el problema estriba en la incapacidad del Estado que no tiene la organización ni eficiencia para captar recursos y que ningún Código Tributario va a resolver, pues hay problemas de fondo que tienen que ver con el crecimiento de la masa de contribuyentes, la eliminación de exoneraciones “por esta vía el Estado deja de percibir por lo menos el 12 por ciento del PIB”.



SILENCIO ADMINISTRATIVO

Julio Francisco Báez sostiene que esta última reforma lleva un profundo sesgo antiempresa, ya que cierra todos los mecanismos de defensa que tiene el contribuyente, principalmente las pequeñas y medianas empresas (Pyme).

Uno de ellos es el silencio administrativo, que el Código dejó positivo para el contribuyente, pero que la reforma pretende dejarlo solamente en la última instancia, de apelación.

Actualmente existen tres recursos por la vía administrativa. El primero es de reposición, que se interpone ante la administración de Rentas. El segundo es el de revisión, que se interpone ante el director de Ingresos, y el último el de apelación, que con el nuevo Código se interpodrá ante el Tribunal Tributario Administrativo.

Con el Código quedaron los tres recursos con silencio administrativo positivo, es decir que si la administración no responde se entiende que el contribuyente tiene la razón.

La reforma que propone el Ejecutivo a los dos primeros recursos tendrían silencio negativo, es decir si la administración no responde es porque ellos tienen la razón, y para el tercero sería positivo a favor del contribuyente.

Manuel Gutiérrez Hurtado, director jurídico y tributario de la DGI, justifica esto con el argumento de que en primer lugar, estos recursos absorben personal calificado. Pero también explica que los mismos tienen un efecto positivo ya que si no hay respuesta, el recurrente puede acudir a la siguiente instancia sin perder tiempo.

Según él, esto tiene un lado positivo ya que aún cuando el silencio sea positivo para el contribuyente, la administración puede no reconocer este silencio, ya que no hay un mecanismo legal que la obligue, afirma Gutiérrez.

No obstante, Báez sostiene que un silencio administrativo no implica que la DGI vaya a perder recursos ya que casi nunca ha perdido un caso de estos. Gutiérrez reafirma esto cuando dice que en el 2005 se recibieron 31 recursos de grandes contribuyentes y que no perdieron. El problema es que eso distrae los recursos, justifica. Además los que siempre recurren son los grandes, nunca los pequeños.



MÁS RECAUDACIONES

Según Julio Francisco Báez, las recaudaciones durante este período no cayeron, sino todo lo contrario, aumentaron.

En este punto el experto sostiene que no hay argumentos que soporten la posición del Ejecutivo para reformar el Código ya que las grandes empresas sí tienen para soportar una disputa con la DGI, el problema será para las pequeñas empresas que no tendrán suficientes recursos para respaldar un reparo con el 100 por ciento del mismo, tal y como propone el Ejecutivo.

Es decir que “el que tiene dinero puede litigar”, opina Báez, quien agrega que esto viola el principio constitucional de acceso a la justicia, tal y como lo consignó la Corte Suprema de Justicia en la resolución del 2003 “pues viola a todas luces las garantías del debido proceso, el principio de inocencia, derecho a la defensa, tutela judicial efectiva y con ello el acceso y gratuidad en la justicia”.

Este mismo sesgo fue denunciado por Alejandro Arauz, quien sostiene que con la implementación de medidas más represivas y un sistema tributario desigual, las Pyme quedan prácticamente fuera del juego “y con la implementación del DR-Cafta esto es grave, pues las hace menos competitivas frente al mercado internacional”.



EL OJO DE LA TORMENTA

Los puntos de mayor discusión en la reforma al Código Tributario giran en torno a los denominados silencios administrativos, multas, garantías e información cruzada.

Sobre la información cruzada, las empresas están de acuerdo en brindar la información necesaria a la DGI para fines exclusivamente fiscales.

Sobre los silencios, el Ejecutivo mantiene la posición de otorgar silencio positivo en los recursos de reposición y revisión. El de apelación quedaría a favor del contribuyente.

Los únicos que recurren contra las resoluciones de la DGI son los grandes contribuyentes. Los pequeños nunca lo hacen. En el 2005, de 18 recursos de reposición, solamente uno fue una pequeña empresa.

La reforma apunta a dejar fuera a las pequeñas empresas, afirman expertos.
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