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La nueva Ley de Aeronáutica Civil
Norman Miranda C.
El autor redactó el proyecto de Ley de Aeronáutica Civil, por encargo del INCAE.

El proceso de elaboración de esta ley se inició con el Acuerdo Presidencial 280 de 1997, creando la Comisión de Anteproyecto. Apoyó el Programa de Competitividad del INCAE, el que me contrató como especialista en Derecho Aeronáutico para ofrecer un anteproyecto, el que fue aprobado el 14 de mayo de 1998. Entre el 2000 y el 2003 el anteproyecto fue enriquecido con aportes de la Agencia Centroamericana de Seguridad Aeronáutica (ACSA), del Consejo Centroamericano de Navegación Aérea (COCESNA), de la Federal Aviation Administration (FAA), de la Organización de la Aviación Civil Internacional (OACI), y de la propia autoridad aeronáutica nicaragüense que coordinó todos esos avezados aportes.

En julio del 2003 el Ejecutivo envió el proyecto de ley a la Asamblea Nacional, la que lo aprobó el pasado 3 de agosto, derogando —inter alia— al Código de Aviación Civil de hace 50 años (Decreto 176-1956). Aunque la nueva ley integra la mayor parte del contenido del anteproyecto que ofrecí, no por ello soy dogmático del producto final. Entre el anteproyecto y la ley aprobada hubo cambios, la mayoría acertados, pero hubo uno que me dejó agrio. Hagamos balance.

1) Aciertos:

a) La estructura de cohesión lógica hace de esta ley, un sistema de problemas con soluciones interrelacionadas.

b) Pese al vocablo “Civil” (Ley de Aeronáutica Civil), el Ejército hizo valiosos aportes, quedando resguardada su incumbencia, y la de la Policía, en el quebranto del narcotráfico aeroclandestino.

c) La nueva ley regula temas señeros de la aeronáutica moderna. Veamos: Sistemas computarizados de reservaciones. Códigos compartidos entre líneas aéreas. Posibilidad de concesionar nuestros aeropuertos, para acrecer su operatividad, pero sin enajenarlos. Responsabilidad de los aeroclubes y regulaciones a la aeronáutica ligera. Medidas de refuerzo a la seguridad en aire y tierra (los ataques del 11 de septiembre de 2001 fueron perpetrados con aeronaves). Uso de unidades y montos indemnizatorios, por daños y perjuicios, calcados en las más modernas pautas del denominado “Sistema Varsoviano”. Regulaciones que defienden al medio ambiente, etc.

d) Pero lo más esencial es la creación del Instituto Nicaragüense de Aeronáutica Civil (INAC), ente regulador con autonomía funcional y patrimonio privativo, que regirá la aeronáutica civil en Nicaragua. El INAC implantará regulaciones y controles de seguridad necesarios, anquilosados porque la aeronáutica civil persiste adscrita al MTI; éste está muy “terralizado” como para esperar que aquilate a la aeronáutica moderna. Buses desvencijados y caminos caóticos acaparan al MTI y eso no empalma con aviones ni aeródromos modernos.

2) Desaciertos: El mayor desgarbo de la nueva ley —y sólo a ése me referiré para no diluir la crítica— radica en que ésta decapitó las exoneraciones de impuestos aeronáuticos, las que se proponían en el anteproyecto, ni siquiera como novedad, sino como una reconducción de las exoneraciones ya dispuestas en el Art. 269 del Código de Aviación de 1956.

El Ministerio de Hacienda en el 2003 rechazó de tajo las exoneraciones aeronáuticas, sólo porque “su papá mentor”, el FMI, detesta —en globo— todo cuanto ventee exenciones fiscales.

La docilidad de los adoradores del FMI, pudo contrabalancearse si se hubiera cabildeado con los diputados el que, no sólo dichas exenciones ya estaban prescritas en el Código de 1956, sino que además están avaladas en el Art. 24 del Convenio de Chicago de 1944 (la “ley madre” de la aeronáutica mundial). Sin esas exoneraciones Nicaragua quedará desabrida en materia de competitividad. Con un IVA del 15 por ciento, ningún potentado aeronáutico querrá inscribir aeronaves en Nicaragua, por ejemplo, un Boeing 767, que cuesta 86 millones de dólares.

Los más adinerados nicaragüenses inscriben sus aviones privados en Guatemala, “paraíso fiscal” aeronáutico centroamericano, que hoy debe alborozarse de ver que no le haremos mella competitiva aeronáutica. Honduras y Costa Rica tienen jugosos “filetes” aeronáuticos al ser sedes de COCESNA y ACSA, respectivamente. El Salvador con TACA lidera el entrenamiento del personal aeronáutico. ¿Qué le queda entonces a Nicaragua en competitividad aeronáutica? Los misterios del zanate, quizá.

Empero, sopesando aciertos y desaciertos de la nueva ley, creo que el balance es positivo, aunque no óptimo.

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