El vicepresidente de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), Rafael Solís aclaró hoy que la resolución que en 2004 emitió el Poder Judicial no faculta a Álvaro Robelo, a solicitar indemnización al Estado, por la quiebra técnica declarada en 1996 del Banco Europeo de Centroamérica (BECA).
"No hay ninguna devolución…ahí lo que se dijo por la Corte es que se declaraba nulo el juicio de quiebra; lo que queda del Beca es como una sociedad anónima, no como un banco, él tiene que cumplir todos los requisitos que la ley establece para volver a ponerlo como un banco", expresó el magistrado sandinista.
Robelo fungió como presidente del extinto BECA y reclama al Estado una indemnización por el orden de los 65.8 millones de dólares.
Solís fue uno de los cinco magistrados de la Sala Civil del Poder Judicial que en julio de 2004, votó favorable en la sentencia en que declararon nulo todo lo actuado en relación a la intervención y posterior liquidación del BECA en 1996.
El caso volvió a tomar actualidad después que el juez Cuarto Civil de Distrito de Managua, Néstor Castillo Vanegas, basado en esa resolución de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), ordenó nuevamente a la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras (SIB), que ratifique la autorización otorgada al Banco Europeo de Centroamérica (BECA), para constituirse como Sociedad Anónima. Este banco fue declarado en quiebra técnica en julio de 1996.