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Niñas y mujeres realizaron un plantón frente a la Asamblea Nacional, para rechazar penas mínimas a los abusadores sexuales, y para demandar un aumento en el castigo. (la prensa/ o. miranda)
Más penas para abusadores
Anne Pérez Rivera
nacionales@laprensa.com.ni
Años de castigo

5 a 7 años de prisión para el delito de abuso sexual; y 7 a 12 años de prisión si hay circunstancias de la violación agravada (artículo 172)4 a 6 años de prisión en delito de proxenetismo, y de 6 a 8 años cuando la víctima sea menor de 18 años (artículos 178 y 179)3 a 5 años de prisión por rufianería; y 5 a 7 años cuando la víctima sea menor de 18 años (artículo 180)7 a 10 años de prisión en delito de trata de personas con fines de esclavitud o explotación sexual (artículo 182).

Los diputados ante la Asamblea Nacional trataron de limpiar la mala imagen que les trajo la aprobación de penas mínimas en los delitos de violación y de estupro, ya que ayer aprobaron otras mociones en las que aplican penas mayores para quienes cometan abuso sexual.

El incesto, explotación sexual, pornografía, y turismo con fines de explotación sexual, son otros de los delitos sancionados con altas penas.

Ayer aprobaron las mociones del artículo 171 al 183, del Capítulo II del nuevo Código Penal. El nuevo código, entre otros delitos, contempla penas de cinco a siete años de prisión para quienes promuevan, faciliten o utilicen a menores de 16 años para fines sexuales o eróticos.

Cuando la víctima sea mayor de 16 años y menor de 18 años, la pena será de cuatro a seis años de prisión.

Esos castigos están contemplados en el artículo 175, sobre explotación sexual, pornografía y acto sexual con adolescentes mediante pago, el cual también castiga con uno a dos años de prisión a quienes almacenen material pornográfico que promueva la explotación sexual.

“La aprobación de esas penas es un gran avance, sin embargo ahora viene un proceso de fiscalización para el cumplimiento de estas nuevas mociones”, dijo Norma Moreno, Procuradora especial de la niñez y adolescencia.

Los legisladores también aprobaron la tipificación de nuevos delitos como la promoción de turismo con fines de explotación sexual, el cual será penado con cinco a siete años de prisión, según lo establece el artículo 182.

Asimismo se aprobaron penas de uno a tres años para el delito de incesto, si los hechores son mayores de 18 años. Pero si la relación es con personas menores de 14 años, la pena será de 14 a 20 años (artículo 173).

Para el delito de acoso sexual se aprobó un castigo de uno a tres años de prisión, y de tres a cinco cuando la víctima es menor de 18 años (artículo 174).

Alivio de víctimas

Gioconda González, de 34 años, respiró aliviada al recibir la noticia sobre la aprobación de las penas.

No porque ahora tenga el temor de ser violada, sino porque aún recuerda que hace 21 años fue una más de las miles de víctimas de violencia sexual.

“A mí me violaron, y por temor no dije nada. Pero no quiero que pase lo mismo con otros niños y niñas”, dijo.

Gioconda y Nidia Teresa López, de 14 años, fueron parte del centenar de personas que se apostaron frente a la Asamblea Nacional para demandar la aprobación de penas altas para los abusadores sexuales.

Nidia, una adolescente ocotalana, dijo: “Conocemos de varias niñas y adolescentes que han sido violadas, y por ellas nos sentimos bien con las nuevas penas”.

Luisa Molina, de la coordinadora de ONG que trabajan a favor de los niños y adolescentes, vio con buenos ojos las penas, porque “siempre debieron ser planteadas pensando en las víctimas. Además, las penas son para sancionar y decirle a los delincuentes que no pueden seguir abusando a niños y mujeres”.

Ya no habrá confusiones

La hija de 13 años de JMCL fue violada. El presunto autor es Leonel Baldizón, quien a pesar de haber sido denunciando está huyendo de la justicia.

La madre relató que la menor fue prestada por el supuesto abusador, con el pretexto de que le compraría ropa en Río Blanco. Sin embargo, en cuanto salió de Mulukukú, de donde son originarios, el acusado se trasladó junto a la menor a Sapoá, en Rivas, donde supuestamente la violó.

“Mi hija hasta se desmayó por la gran violencia de ese hombre”, dijo la madre, visiblemente afectada. Ella también se siente violada, dijo.

El caso fue interpuesto ante el Ministerio Público. Sin embargo, el hecho fue catalogado como un delito de estupro y no como violación.

A juicio de Gonzalo Carrión, director de defensa del Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (Cenidh), esa definición es una confusión de términos que dificulta el acceso a la justicia.

Agregó que con las nuevas mociones en los artículos referentes a los delitos sexuales, casos como éste ya no deberán ocurrir.

Temas pendientes

Los legisladores aprobaron a finales de marzo una pena para el delito de estupro, que oscila entre dos y cuatro años de prisión, a pesar de que más de 50 organismos que trabajan con la niñez, solicitaron penas de cinco a siete años, y el Código Penal anterior penalizaba con tres a cinco años el delito de estupro.

Para el delito de violación, los diputados aprobaron penas entre ocho y doce años de prisión, aunque el Código Penal vigente establece de 15 a 20 años de prisión.

A pesar de que esas penas ya fueron aprobadas, Ana Clemencia Teller, asesora jurídica de Dos Generaciones, aseguró que promoverán reformas a favor de un aumento en el castigo.

La Procuradora Especial de la Mujer, Débora Grandinson, también mostró su inconformidad porque las penas promueven la mediación en los delitos sexuales, cuando las víctimas sean mujeres.

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