MIéRCOLES 11 DE MAYO DEL 2005 / EDICION No. 23806 / ACTUALIZADA 03:00 am





EL HUMOR DE





Reportaje especial
Botín narco desperdiciado

Foto  
. Estudio de oficiales policiales determina que autoridades no saben qué hacer con bienes incautados al narcotráfico

Un furgón y una rastra para trasladar vehículos donde hace varios años fue decomisado un cargamento de droga a Norwin Meneses Cantarero, permanecen en los predios de la Dirección de Auxilio Judicial.

 

Elízabeth Romero

A punto de convertirse en chatarras están muchos de los bienes inmuebles, sobre todo vehículos pesados, recuperados por la Policía Nacional al narcotráfico. La mayoría de estos bienes permanecen a la intemperie, pese a su valor millonario.

Se trata fundamentalmente de vehículos pesados como cabezales, furgones, lanchas y hasta avionetas. También hay automotores livianos, objetos de menor valor y, en algunos casos, dinero en efectivo.

En muchos de los casos existe una sentencia firme de los jueces quienes en sus resoluciones no especifican qué debe hacerse con los bienes ocupados a los detenidos.

La advertencia la realiza un grupo de estudiantes de post-grado de Administración Policial de la Academia Walter Mendoza en un análisis sobre los bienes recuperados a narcotraficantes en tres departamentos del país, pero que según uno de los participantes, el comisionado Teodoro Bustamante, la situación es la misma a nivel nacional.

Hay casos donde los sospechosos fueron liberados, pero los objetos siguen retenidos y deteriorándose. Mencionan el caso de Fernando Requena Duval, quien en fechas no precisadas fue detenido en Chinandega junto a varios colombianos, con 500 kilos de cocaína; sin embargo, fueron dejados libres con un veredicto de inocencia. Pero sobre los bienes como: una lancha, y un cabezal el juez no se pronunció. Y aunque están en poder de la Policía no puede hacer uso de ellos, tampoco los pueden regresar o vender porque no hay un pronunciamiento de un juez.

“El Ministerio Público debe solicitarle al juez que los subasten y se distribuyan”, consideró Bustamante, oficial Antidrogas de la Policía y uno de los autores del estudio. La Fiscal Auxiliar, Delia Rosales, coincidió en que hay muchos de los bienes que están deteriorándose “por el procedimiento tan engorroso que establece la Ley 285”. Pero dijo que la mayoría de bienes que están incautados fue con el sistema anterior (el sistema inquisitivo) y no con el sistema acusatorio, por lo cual el procedimiento de entrega y distribución de esos bienes se dificulta un poco. “Pero nosotros impulsamos en todos los casos la distribución de los bienes, sólo que el juez todavía no ha procedido, porque eso implica en la Ley 285 que varias de las instituciones (...) tienen que ponerse de acuerdo y en caso que no estén de acuerdo el juez tiene que sacarlo a subasta”, sostuvo Rosales.

Bustamante manifestó que sólo en tres departamentos del país: León, Chinandega y Rivas, donde realizaron su análisis hace dos años, hay bienes por más de un millón de dólares que están deteriorándose. Pero la situación sigue igual, en esos departamentos, así como delegaciones del resto del país.

SITUACIÓN SE AGRAVA

Por ejemplo, en Chinandega más de 10 cabezales se encuentran en el predio de la Alcaldía de ese departamento, la mayoría por delito de droga. En el caso de León están guardados unos bienes en el taller de la Policía.

En Rivas, cuatro cabezales con sus furgones están ubicados a la intemperie en el predio de la Aduana de Peñas Blancas, uno en el taller Central de la Policía Nacional en Managua y los tres restantes en una finca privada, a tres kilómetros de la ciudad hacia Peñas Blancas sin la mínima protección y más bien exponen al peligro a la familia que cuida la propiedad, la cual inclusive puede ser afectada por delincuentes comunes o por narcotraficantes que tienen que ver con dichos vehículos, señalan los investigadores en su documento.

Estos bienes están expuestos al robo, pues los ladrones se llevan los vehículos de pieza en pieza, hasta dejar el cascarón.

“La situación de los bienes ocupados no ha cambiado prácticamente a partir de la investigación más bien se ha ido acrecentando. Hay más bienes ocupados, dinero, vehículos, incluso hay un caso de una avioneta que fue la que se ocupó en Los Zarzales, León, está en regular estado, y que puede ser utilizada”, comentó Bustamante.

Destacó que en este caso la Policía no pudo demostrar en un 100 por ciento el vínculo entre los tripulantes de la avioneta abandonada con los 1,105 kilos de coca trasegados en un furgón, y ocupado un día después, en el empalme de Telica, pero con la prueba de Ioscan demostraron que trasladaron droga.

Esta avioneta está en un hangar de la Fuerza Aérea en Managua, pero se requiere que una autoridad determine oficialmente a qué instancia la asignarán.

DESPERDICIADOS

“Si no se hace nada por distribuir o subastar estos bienes lógicamente las chatarras vienen incrementándose y se están perdiendo esos recursos, los cuales en otras partes son utilizados para la misma lucha contra el narcotráfico. En Nicaragua que tiene limitantes de recursos nos damos el lujo de estar desperdiciando esas posibilidades y de estar llenando los patios de las instituciones de chatarras”, lamentó el informante.

El estudio establece que el problema radica en que no en todas las sentencias decomisan los bienes. En 20 casos que fueron analizados por el grupo de estudiantes de la Walter Mendoza, en 10 fueron decomisados los bienes. En las otras 10 sentencias no se pronunciaron los judiciales sobre los bienes decomisados al momento de ocupar la droga.

VALORACIÓN DE LOSBIENES RETENIDOS

De los 51 bienes o medios retenidos se efectuó la valoración o avalúo aproximado del monto de cada bien al momento de ser adquirido en una casa comercial en el país. A la vez se calculó la depreciación sufrida durante el tiempo que ha estado retenido a la orden de las autoridades.

De estas operaciones se obtuvo que en los tres departamentos donde se realizó el estudio, en las dos tipicidades, los bienes al ser ocupados ascendían a un monto aproximado de un US$1.172,411,00 y durante el tiempo que han estado retenidos se han depreciado en US$158,511, que en moneda nacional representa la suma de C$2.415,25.90.

DEBEN SER SUBASTADOS

Otra de las situaciones abordadas en el estudio fue que en muchas sentencias en que los bienes son decomisados no se realiza la subasta, para la distribución de los bienes de las entidades a beneficiar.

A su criterio, las partes interesadas como el Ministerio Público, deben jugar un papel más beligerante.

“De lo anterior y basados en las respuestas de las entrevistas en los departamentos en que se trabajó, valoramos que en las resoluciones de decomisar y subastar los bienes, existe indecisión e inseguridad en los judiciales en asumir la responsabilidad que le otorga la Ley 285, en algunos casos para decomisar y de forma específica en subastar y distribuir lo decomisado, a como queda claro en los tipos de resoluciones”, revela el documento.

Los analistas destacan como algo insólito ocurrido en 2001 cuando un juez estadounidense decomisó una embarcación que en Nicaragua había sido vinculada al narcotráfico, pero la judicial que ventiló la causa en el país, no se percató siquiera el estado en que quedaba la embarcación. Se trata del barco Kastor, que se encontraba en Corinto, el cual a pesar de haber sido retenido en Nicaragua, tras una acción conjunta en aguas internacionales entre el servicio de guardacostas de Estados Unidos y la Policía Nacional por los vínculos con el narcotráfico ningún tribunal lo ocupó.

En esa ocasión la acción conjunta permitió la incautación de 7,891 kilos de cocaína, que trasladaba el barco Forever My Friend relacionado con el Kastor.

TRIBUNALES INDECISOS

En el análisis el grupo de oficiales que realizó el estudio señalan que este es un ejemplo de la indecisión de los tribunales nicaragüenses, pues en el Kastor se encontraron evidencias claras de haber sido utilizado en el tráfico de drogas, como una serie de compartimentos ocultos y la constitución falsa o ficticia de la empresa Pesca Export, supuesta dueña de ambos barcos. Todos los socios de la empresa fueron capturados con el cargamento de drogas. A la vez fueron capturados en Nicaragua los demás implicados, quienes en sus declaraciones dieron a conocer la forma ilícita, como se organizó y funcionaba la supuesta empresa.

El judicial en la resolución de sobreseimiento provisional, que dictó a las 10:05 a.m., del 18 de marzo 2001, no se pronunció sobre los bienes. Sin embargo lo que no pudo realizar el judicial de Nicaragua lo efectuó el judicial de los Estados Unidos, al decomisar el barco Kastor que se encontraba en Nicaragua e incluso lo donó a la Fuerza Naval de Nicaragua.

DINERO EN BODEGAS

En el caso de decomiso de dinero anteriormente era entregado a los judiciales que lo mandaban a guardar a una bodega y en el caso de Managua en algunos casos, se perdió dinero, casos que fueron publicados, recuerda.

Ahora con el Código Procesal Penal a quien le corresponde guardar las piezas de convicción es a la Policía, entre esas está el dinero que se puede ocupar. Los objetos pequeños los ocupan en cada delegación. Pero las oficinas de ocupación de la Policía siempre están llenas, por diferentes bienes ocupados, entre éstos de drogas.

El estudio señala que en el tratamiento de los bienes retenidos se relacionan cuatro instituciones, como son la Policía Nacional que es la instancia que los retiene u ocupa, el Ministerio Público que ejerce la acción penal, el Poder Judicial que a través de los jueces imparte justicia, por la ley, toman las decisiones sobre los bienes y por último el Consejo Nacional de Lucha Contra las Drogas que debe contar con un banco de datos y un centro de información sobre drogas.

De estas instancias sólo el Ministerio Público no realiza ningún registro, aunque el artículo cuatro del Decreto 74-99, Reglamento de la Ley 285 establece la obligación de informar mensualmente al Consejo Nacional sobre los objetos ocupados.

FALTA CONTROL

En lo que respecta a la Policía indican que “a pesar de que en el Reglamento de la Ley 285, decreto 74-99, en la parte final del Arto. 4 le establece la obligación de informar mensualmente al Consejo Nacional de Lucha Contra las Drogas los resultados sobre los objetos ocupados, no cuenta con ningún inventario de los bienes retenidos u ocupados por los diferentes delitos”.

“Para conocer información relacionada a los tipos de bienes, por delitos, fechas, cantidades y otros aspectos se debe recurrir a los recibos de ocupación de la especialidad de Auxilio Judicial o bien a los recibos de ocupación que rolan en cada uno de los expedientes investigativos que se controlan en la oficina de Archivo de cada Delegación policial”, destaca el documento.

Y agrega: “De tal manera que para obtener tales datos se tiene que realizar todo un procedimiento complejo, burocrático en el cual a la vez se corre el riesgo de no ubicar algún expediente como sucedió en Chinandega, con el caso conocido como el barco Kastor que no fue ubicado y se tuvo que recurrir al expediente judicial”.

Por otro lado, la Policía Nacional no cuenta con bodegas o galerones con espacios suficientes para mantener los medios ocupados, principalmente cuando son voluminosos, como los vehículos que son ubicados en diferentes lugares que les son facilitados por instituciones o personas que la apoyan, tal es el caso de Chinandega que se encuentran en el predio del plantel de la Alcaldía Municipal y en un taller privado en El Viejo. En el departamento de Rivas los mantienen en los predios de la Aduana de Peñas Blancas, una finca privada y en el taller central de la Policía Nacional.

Lo anterior no garantiza una vigilancia o custodia adecuada y por eso es que en los casos estudiados a casi todos los medios automotores les han robado piezas o accesorios, y por encontrarse a la intemperie se presenta un acelerado deterioro de los mismos.

En cuanto al Poder Judicial “en los departamentos donde se consultó a los señores jueces, no cuentan con un registro o control específico de los bienes que se encuentran a sus órdenes. De alguna manera la información se puede obtener mediante el procedimiento complejo de revisar cada uno de los expedientes, aunque en algunos casos no se logra cuando se encuentran en apelación en ambos efectos o por el volumen o cúmulo de trabajo de los judiciales y por el alto número de expedientes que no pueden ser consultados cuando se requieren”.

En el período estudiado los judiciales recibían bienes retenidos como dinero y objetos medianos, sin contar con lugares que presten seguridad. “Toda esta situación puede generar deficiencias de control que no permitan la ubicación de determinados bienes o que se extravíen”, señala la investigación.

Ejemplo de esto podría ser el caso conocido como “Caleta”, registrado en el Puerto Esparta, de Corinto, en noviembre de 1998 por el que fueron incautados 588 kilos de cocaína. En esa ocasión se ocuparon una lancha de 42 pies con tres motores, un cabezal con su furgón, además de 159 objetos pequeños entre los que se encontraban tres radios base Motorola, cinco radios walkie talkie, seis GPS (localizadores de posición global), que le fueron remitidos al judicial, sin embargo, a pesar que hubo un veredicto de inocencia y se cerró el caso, en ningún otro documento se ordena la devolución de los mismos.

Según el judicial, éstos fueron devueltos a las personas a quienes se les ocupó, pero en el expediente no rola acta o recibo alguno en el que se hayan devuelto, señala el documento de los estudiantes de la Walter Mendoza.

INVENTARIOS INSUFICIENTES

En el trabajo de campo se conoció que en la Corte Suprema de Justicia existe la oficina de Registro y Análisis, donde se lleva un control o inventario de los bienes retenidos por los diferentes delitos, pero según el documento “de éste no podemos profundizar por no obtener la información solicitada”.

A través del Centro de Información Nacional Antidrogas (Cinandro) se ha realizado un esfuerzo por establecer un tipo de registro o inventario de los bienes retenidos por los diferentes delitos de drogas, pero es insuficiente.

Menciona como ejemplo, que en el inventario que llevan del año 2002, no se registra el caso de Chinandega ocurrido el 10 de agosto del 2002 que tiene como bienes retenidos, un cabezal White Volvo Placa C-130449, con una cisterna, valorado actualmente en aproximadamente 20,000 dólares.

Señalan que tampoco se controla de forma completa, el caso de León registrado el 20 de ese mismo mes y año, en el expediente 326-2002 al no incluir la camioneta Toyota Hilux doble cabina, placas P466-516 y la suma en efectivo de US$4,785. Así como un reloj Rolex valorado en US$5,000 del caso de la avioneta en la Mina El Limón, acaecido el 17 de septiembre de ese mismo año.

PROPUESTA POLICIAL

La semana pasada la Policía presentó una moción para las reformas de las Ley 285, o Ley de Estupefacientes, Psicotrópicos y otras Sustancias Controladas y Lavado de dinero, a través de la cual plantean “que el mecanismo de decomiso y distribución sea eficiente y de manera rápida”.

“En la distribución de los bienes planteamos que todos los bienes que se quitan al tráfico de drogas, que sean de utilidad para la lucha contra el tráfico de drogas que no se distribuyan, que se asignen a las instituciones que las pueden utilizar”, propuso en ese momento el jefe Antidrogas de la Policía Nacional, comisionado mayor Clarence Silva. Recordó que hay sentencias que no han llegado a casación y los bienes incautados llevan años.

El jefe Antidrogas sacó a colación el caso de una lancha ocupada hace varios años en Rivas la cual pudo haber sido utilizada por la Fuerza Naval, pero después de pasar de mano en mano fue vendida en 80 mil córdobas, “cuando pudo ser decomisada y asignada a una institución. Se debe estimular la eficiencia de las instituciones asignando estos bienes a la institución que logre este decomiso”.

El resto de bienes debe ser distribuido el 20 por ciento como establece la Ley 285, opinó Silva.
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