“Cocinado” el fallo que limpia a Jerez
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Sandinistas lo liberan del juicio de “los checazos” |
Mirna Velásquez Sevilla
La Sala Penal Uno del Tribunal de Apelaciones ya tiene lista la sentencia en la cual se “limpia” al ex director de Ingresos, Byron Jerez Solís, del juicio conocido como “los checazos”, según fuentes extraoficiales.
De acuerdo con una fuente vinculada al caso, entre las consideraciones los magistrados señalan que no quedó comprobado el cuerpo del delito, una de las figuras de fondo de necesaria comprobación para poder dictar una sentencia de prisión.
Según la información proporcionada, los magistrados sandinistas Enrique Chavarría y Silvia Rosales firman la sentencia, no así la magistrada Martha Lacayo Saballos, quien disintió del resto de los miembros de la Sala.
Jerez había sido encontrado culpable por un jurado de conciencia y condenado a ocho años de prisión por la emisión de 157 cheques de forma irregular a través de notas de crédito, para favorecer a sus empresas y compañías fantasmas, como Business Express, Miami Delivery y Automotive Supplies & Parts. El fraude al Estado de Nicaragua fue calculado en 8.4 millones de córdobas.
NO VIERON PRUEBAS
Estamos en presencia de un hecho donde no se demostró la existencia del delito (cuerpo del delito) por falta de prueba de precisión que se exige para la existencia del delito y, en consecuencia, al no comprobarse la esencia del cuerpo del delito, se debe declarar con lugar el recurso interpuesto por falta de esta prueba toral”, señala parte de la sentencia a la cual tuvo acceso LA PRENSA.
Con estos razonamientos, los magistrados consideraron que la sentencia de primera instancia debía cambiar, por lo que sobreseyeron definitivamente a Jerez y Jesús Martínez Alemán, procesados por fraude.
La magistrada Lacayo no coincidió con la posición de sus homólogos y consideró irrelevante la valoración del destino de lo defraudado, como alegan Rosales y Chavarría y que en realidad hay una conducta “típica, antijurídica y culpable”.
Relacionó que en este juicio se cumplieron las exigencias constitucionales y que las investigaciones concluyeron que hay un perjuicio patrimonial al Estado y tampoco Jerez estuvo en indefensión, como fue alegado.
La sentencia de prisión dictada en el 2002 contra Jerez, además de basarse en un informe de auditoría de la Contraloría General de la República, se sustentó en una inspección ocular realizada por el perito Guillermo José Sevilla Medina, quien analizó los documentos aportados como prueba.
“Esta inspección ocular fue notificada en debida forma a las partes, sin ninguna objeción, tampoco fueron impugnados los resultados, éste es el fundamento para tener por comprobado el cuerpo del delito y valorar la presunción de responsabilidad penal”, señala la magistrada Lacayo en respuesta a los razonamientos de los otros dos magistrados, plasmada en la sentencia, en la cual le restan valor como prueba.
“Rola abundante prueba documental, testifical, que sirve de sustento a la sentencia, para tener por comprobada la delincuencia, por lo que considero que se encuentran agotadas las exigencias” de la ley, añadió la magistrada.
Hasta ayer tarde, la sentencia no había sido notificada a las partes, según fuentes de Apelaciones, debido a que el fallo estaba “estancado” en uno de los despachos de los magistrados.
Cabe destacar que con esta decisión se han arreciado los rumores de que Jerez habría pagado dinero a un partido político a cambio de su libertad. De esta manera, Jerez se ha librado de todos los juicios en los que fue enviado a prisión, pero aún tiene pendientes dos procesos judiciales en que los jueces que tramitan los casos no han dictado sentencia.

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