VIERNES 12 DE AGOSTO DEL 2005 / EDICION No. 23899 / ACTUALIZADA 03:00 am





EL HUMOR DE





Fisco desconocerá pagos a la Sisep

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. Advertencia para que los operadores de servicios sólo paguen a entes reconocidos por el Poder Ejecutivo
. Pagos a la Sisep no serán deducibles de la renta gravable

Melvin estrada, director en funciones de la DGI, advirtió que los impuestos que se paguen a la Sisep, no serán deducidos.

 

José Adán Silva
nacionales@laprensa.com.ni

La Dirección General de Ingresos (DGI) advirtió que no deducirá los impuestos sobre la Renta a las empresas que paguen tasas y derechos de operación a las instituciones integradas bajo la Superintendencia de Servicios Públicos (Sisep).

Melvin Estrada, director en funciones de la DGI, señaló ayer que la institución recaudadora de impuestos no reconoce como sujeto de obligaciones fiscales a las instituciones que componen a la Sisep, Intendencia de Energía, Intendencia de Telecomunicaciones e Intendencia del Agua, luego que una sentencia de la Corte Centroamericana de Justicia declaró inconstitucionales las reformas que crearon a dichos entes.

SERIA ADVERTENCIA

Estrada señaló que la DGI comparte la postura de la Presidencia de la República, de reconocer únicamente a las instituciones establecidas antes de las reformas que crearon la Sisep: Instituto de Energía y los institutos Nicaragüense de Acueductos y Alcantarillados, y de Telecomunicaciones y Correos.

“En la parte del Impuesto sobre la Renta (IR) se encuentran unos gastos deducibles (a las empresas), esto nos lleva al punto de preguntarnos: ¿qué pasaría si estos operadores de las comunicaciones, viniesen y efectuasen pagos a la Sisep? Resultaría que estarían haciendo un pago que no sería deducible de su renta gravable al año respecto al IR”, dijo el funcionario.

“La Sisep no tendrá problema, el problema será para los operadores, y esto es más bien un alerta que nosotros queremos hacer, para que no se realice este tipos de pagos a entidades que no están reconocidas.

PAGOS A ENTIDADES RECONOCIDAS

Los pagos deben hacerse a las instituciones que el Ejecutivo reconoce”, advirtió Estrada.

¿SISEP FANTASMA?

“La Ley Creadora del Registro Único del Contribuyente le da el estatus legal a una persona para ser sujeto de obligaciones fiscales; en este caso, la Sisep no es sujeto de obligaciones fiscales y no puede realizar ninguna gestión ante la DGI, y no está reconocida ante la DGI por carecer de numero RUC”, advirtió Melvin Estrada, director interino de la DGI.
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