VIERNES 22 DE OCTUBRE DEL 2004 / EDICION No. 23610 / ACTUALIZADA 02:30 am





EL HUMOR DE




La Ley de Carrera Judicial

La Comisión Permanente de Derechos Humanos (CPDH) le ha pedido al Presidente de la República que vete la Ley de Carrera Judicial aprobada recientemente por la Asamblea Nacional.

Según dicha entidad cívica, en la aprobación de la Ley de Carrera Judicial no se tomaron en cuenta las propuestas de quince organizaciones de la sociedad. Y señala que tal como quedó aprobada, dicha ley “responde a los intereses de determinados sectores políticos” (...) “no se legisló para el pueblo nicaragüense, sino más bien para mantener las cuotas de poder de cada una de las fuerzas políticas”.

Sin embargo, cuando fue aprobada la Ley de Carrera Judicial los diputados y magistrados de las bancadas del FSLN y el PLC en la Asamblea Nacional y la Corte Suprema de Justicia, dijeron que aunque no es una ley perfecta es incuestionable porque fue aprobada por consenso.

En realidad, la Ley de Carrera Judicial recibió 79 votos de los 91 que hay en la Asamblea Nacional. O sea que no fue aprobada por consenso —que significa consentimiento, conformidad y aprobación de todos aunque algunos no estén de acuerdo— sino por amplia mayoría.

Pero aunque hubiera sido aprobada por consenso o unanimidad, eso no significaría que dicha ley tiene que ser correcta y mucho menos que se pierda el derecho a impugnarla. La democracia no supone ni implica una forzada homogeneidad de opiniones. Por el contrario, es en las sociedades dominadas por sistemas totalitarios y absolutistas donde se gobierna por consenso, que en realidad es la decisión de caudillos, cúpulas y nomenclaturas avalada por masas fanatizadas o atemorizadas. Como era en Nicaragua en tiempos de la revolución y es ahora en Cuba comunista.

De manera que no cabe invocar la aprobación por consenso de una ley como garantía de su validez jurídica y ética, ni siquiera legal, porque el hecho de que varias personas se pongan de acuerdo en hacer algo incorrecto no hace honorable el hecho producido. Además, entre los mismos diputados a la Asamblea Nacional hubo graves cuestionamientos a la Ley de Carrera Judicial que dan la razón a quienes ahora piden que sea modificada por el veto presidencial, el cual existe precisamente para equilibrar los poderes públicos y salvaguardar los intereses de los ciudadanos y la nación.

En efecto, el jefe de la bancada Azul y Blanco, diputado Orlando Tardencilla, declaró (LA PRENSA, jueves 14 de octubre) que “las bancadas mayoritarias ‘mataron’ el espíritu de la Ley de Carrera Judicial, al aprobar un artículo que otorga discrecionalidad a los magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) en el nombramiento de jueces y magistrados del Tribunal de Apelaciones”. Por otro lado, algunos jueces y magistrados de Apelaciones “mostraron su insatisfacción con la Ley de Carrera Judicial, por ser excluidos de integrar el Consejo Administrativo y por la discrecionalidad otorgada a los magistrados de la Corte Suprema de Justicia en el ingreso extraordinario de jueces y magistrados a la carrera judicial” (LA PRENSA, viernes 15 de octubre). Y la Vicepresidenta de la Asamblea Nacional, Delia Arellano, declaró (LA PRENSA, sábado 16 de octubre) que “se juntaron las dos bancadas mayoritarias, Frente Sandinista y PLC, y por lo tanto hicieron el pacto en la Ley de Carrera Judicial, y dejaron la integración de un consenso totalmente fuera de lo que los nicaragüenses esperábamos”.

Pero también hay que reconocer que en algunos aspectos la recién aprobada Ley de Carrera Judicial representa un ligero avance ante la deplorable situación prevaleciente hasta ahora en la administración de justicia. Como dijo a LA PRENSA el eminente jurista Alejandro Serrano Caldera: “Ya hay un principio de especialización. Pudo avanzarse más, pero de todas maneras se avanzó con respecto a lo que había hasta hoy”.

De modo que el veto presidencial a la Ley de Carrera Judicial debería ser parcial, para conservar sus aspectos positivos pero al mismo tiempo introducirle las modificaciones que la pudieran convertir en un instrumento realmente útil y eficaz para mejorar paulatinamente la administración de justicia en Nicaragua, y que no se siga considerando al Poder Judicial como un ámbito de prevaricato y corrupción.
.


---
 
 

Derechos Reservados 2002. La información contenida en este medio de comunicación, no puede ser reproducida ni publicada, parcial o totalmente, en ningún otro medio de comunicación privado o público, sin el consentimiento por escrito de LA PRENSA S.A
 

 

La Ley de Carrera Judicial